/ viernes 11 de mayo de 2018

Las mediciones en procuración de justicia

La tarea de procuración de justicia no puede tomarse a la ligera o abordarla desde la simpleza o la ingenuidad. Las fiscalías y/o procuradurías deben tener la confianza de los ciudadanos y sus funcionarios deben gozar de credibilidad. Constantemente se encuentra bajo la lupa de la observación cuantitativa, que habla de eficacia. Por ejemplo, del total de delitos denunciados se deben hacer dos grupos: el de las carpetas de investigación resueltas que pueden ser en dos sentidos -de judicialización (cuando se concluye que hubo delito y que existe un imputado), y el de no ejercicio de la acción penal (y proviene de la conclusión de que no hubo delito)-; la suma de las resueltas se deben abonar como un éxito de la Procuraduría o de la Fiscalía, según el caso.

Por el contrario, las no resueltas se deben considerar fracasos; porque éstas se quedan en la unidad de investigación o se van al archivo temporal (cuando de lo que se ha investigado no hay elementos que identifiquen al imputado o falte algún dato de prueba esencial para resolver la carpeta de investigación). Evidentemente ninguna institución (incluyendo a Scotland Yard) llega al cien por ciento de casos resueltos.

Sigamos con los ejemplos: supongamos que un procurador o fiscal que toma el cargo con un porcentaje alto de carpetas en archivo temporal (o lo que se denominaba “reserva”) y en el primer año lo baja un veinte por ciento; significa que no ha llegado a niveles óptimos, pero apunta hacia ese objetivo. Ahora bien, de las carpetas judicializadas, el juez tiene que resolver si otorga la orden de aprehensión o citación y si vincula o no a proceso al imputado. Éste ya es un indicador preliminar de calidad y no sólo de cantidad. Ahora bien, del total de citaciones u órdenes de aprehensión que emitieron los jueces y el número de aprehensiones o presentaciones que ejecuta la procuraduría o fiscalía se llaman índices de localización y ejecución. Por otro lado, para medir el nivel de eficiencia, se debe considerar la proporción de sentencias condenatorias contra las absolutorias, las vinculaciones a proceso contra las de reserva o archivo temporal. Finalmente, el índice delictivo es el indicador del efecto de la procuración de justicia. Si desciende, indica que se combate eficazmente a los delincuentes y/o que los potenciales criminales se inhiben ante la eficacia de la institución.

Por eso un procurador o fiscal debe tener, al menos, ocho cualidades que le son imprescindibles y necesarias: Experto (con una trayectoria y experiencia suficientes), para que no lo engañen como a un bisoño. Leal a las instituciones, para que no lo coopten. Honesto y honrado, para que no lo compren. Valiente, para que no lo asusten. Respetado, para que no lo ataquen. Inteligente, para que no lo confundan. Y justo, para que no la muevan o conmuevan. Íntegro, para que cumpla y haga cumplir la ley tal como la protestó.

La tarea de procuración de justicia no puede tomarse a la ligera o abordarla desde la simpleza o la ingenuidad. Las fiscalías y/o procuradurías deben tener la confianza de los ciudadanos y sus funcionarios deben gozar de credibilidad. Constantemente se encuentra bajo la lupa de la observación cuantitativa, que habla de eficacia. Por ejemplo, del total de delitos denunciados se deben hacer dos grupos: el de las carpetas de investigación resueltas que pueden ser en dos sentidos -de judicialización (cuando se concluye que hubo delito y que existe un imputado), y el de no ejercicio de la acción penal (y proviene de la conclusión de que no hubo delito)-; la suma de las resueltas se deben abonar como un éxito de la Procuraduría o de la Fiscalía, según el caso.

Por el contrario, las no resueltas se deben considerar fracasos; porque éstas se quedan en la unidad de investigación o se van al archivo temporal (cuando de lo que se ha investigado no hay elementos que identifiquen al imputado o falte algún dato de prueba esencial para resolver la carpeta de investigación). Evidentemente ninguna institución (incluyendo a Scotland Yard) llega al cien por ciento de casos resueltos.

Sigamos con los ejemplos: supongamos que un procurador o fiscal que toma el cargo con un porcentaje alto de carpetas en archivo temporal (o lo que se denominaba “reserva”) y en el primer año lo baja un veinte por ciento; significa que no ha llegado a niveles óptimos, pero apunta hacia ese objetivo. Ahora bien, de las carpetas judicializadas, el juez tiene que resolver si otorga la orden de aprehensión o citación y si vincula o no a proceso al imputado. Éste ya es un indicador preliminar de calidad y no sólo de cantidad. Ahora bien, del total de citaciones u órdenes de aprehensión que emitieron los jueces y el número de aprehensiones o presentaciones que ejecuta la procuraduría o fiscalía se llaman índices de localización y ejecución. Por otro lado, para medir el nivel de eficiencia, se debe considerar la proporción de sentencias condenatorias contra las absolutorias, las vinculaciones a proceso contra las de reserva o archivo temporal. Finalmente, el índice delictivo es el indicador del efecto de la procuración de justicia. Si desciende, indica que se combate eficazmente a los delincuentes y/o que los potenciales criminales se inhiben ante la eficacia de la institución.

Por eso un procurador o fiscal debe tener, al menos, ocho cualidades que le son imprescindibles y necesarias: Experto (con una trayectoria y experiencia suficientes), para que no lo engañen como a un bisoño. Leal a las instituciones, para que no lo coopten. Honesto y honrado, para que no lo compren. Valiente, para que no lo asusten. Respetado, para que no lo ataquen. Inteligente, para que no lo confundan. Y justo, para que no la muevan o conmuevan. Íntegro, para que cumpla y haga cumplir la ley tal como la protestó.