/ domingo 19 de julio de 2020

Procesos virtuales

Aunque la tecnología ya había hecho su aparición en el derecho procesal mexicano como lo es en el derecho fiscal donde todo se hace por medio del correo electrónico; con la actual apertura de los juicios orales en el derecho penal y mercantil, con todo y los asegunes que conlleva en la ejecución de los procesos por la forma como se estructuró, haciendo más complicado lo que debería ser más sencillo lo que generó en el primero la llamada “puerta giratoria” que permite que muchos imputados entren y salgan como Pedro por su casa por un sistema penal en extremo “ garantista”

Sn embargo, tenemos que reconocer que en la práctica las audiencias que se desarrollan en las salas de juicio oral penal se erradicó el uso de papel casi en su totalidad y con ello las chicanas de los “abogánsters” que se roban actuaciones o hasta el mismo expediente completo. Con ello los procesos son más rápidos y ante la presencia obligatoria del juzgador que ve, oye y siente de primera mano la petición de justicia de la víctima o la defensa del imputado. La rapidez como se tramitan en beneficio tanto de los imputados como de las víctimas

Otro aspecto positivo es que la versión de los testigos o de los peritos se desahogan en presencia del o los jueces en audiencia. Contándose además con la mejor evidencia como lo es la videograbación que capta imagen y voz de las partes en la audiencia que dan certeza plena de lo que sucedió y así en caso de apelación los magistrados tomar una mejor decisión, lográndose además transparentar el quehacer del poder judicial como lo está exigiendo la sociedad. En pero, debido al Covid 19 y a la nueva normalidad que llegó para quedarse se requiere un nuevo planteamiento urgente en los distintos procesos jurídicos para evitar que los abogados y personas en general acudan a los juzgados y con ello, se lleguen a infectar poniendo en riesgo su salud y a hasta su vida.

En otras palabras, “los juicios virtuales”, en donde las audiencias se desarrollen por video conferencia en vivo con el apoyo de una computadora , tableta o celular a control remoto con una clave individualizada para las partes se lograría el objetivo; amén de que se hace necesario por los tiempos violentos en que vivimos y por lo riesgoso del quehacer de los juzgadores sobre todo en materia penal, con lo que podríamos acceder a procesos con jueces “sin rostro” para proteger su identidad y resguardarlos de venganzas como las que se han dado en recientes hechos sangrientos, con crímenes crueles que han cobraron la vida, no solo del juez, sino peor aún, de sus familiares.

Esta revolución procesal se debe hacer de manera urgente con el apoyo de los legisladores asesorados por expertos en ingeniería procesal para modificar los distintos códigos de las entidades federativas y claro vencer la resistencia de los abogados reacios a la modernidad.

Por supuesto que no todo se puede hacer de manera virtual, pero si, en gran parte de la etapas de los distintos procesos. En la CDMX ya iniciaron estos procesos virtuales en algunas materias y hasta se dio un caso chusco donde el abogado desde su casa, presente en una audiencia, estaba en calzones y fue captado por la cámara cuando se puso de pie, siendo recriminado por la juez de dicha audiencia por su falta de respeto. (Falta de costumbre).

Por supuesto que esto requiere un gasto pero este no sería tan oneroso como el de la reforma constitucional del 2008 en materia de justicia penal y seguridad, porque sólo se debe contratar el servicio de videoconferencia masiva, ahorrándose la compra de papel, folders, agujas para cocer, hilo, lápices, plumas, marcadores de cera etc., así como, mucho personal burocrático que está de más.

Aunque la tecnología ya había hecho su aparición en el derecho procesal mexicano como lo es en el derecho fiscal donde todo se hace por medio del correo electrónico; con la actual apertura de los juicios orales en el derecho penal y mercantil, con todo y los asegunes que conlleva en la ejecución de los procesos por la forma como se estructuró, haciendo más complicado lo que debería ser más sencillo lo que generó en el primero la llamada “puerta giratoria” que permite que muchos imputados entren y salgan como Pedro por su casa por un sistema penal en extremo “ garantista”

Sn embargo, tenemos que reconocer que en la práctica las audiencias que se desarrollan en las salas de juicio oral penal se erradicó el uso de papel casi en su totalidad y con ello las chicanas de los “abogánsters” que se roban actuaciones o hasta el mismo expediente completo. Con ello los procesos son más rápidos y ante la presencia obligatoria del juzgador que ve, oye y siente de primera mano la petición de justicia de la víctima o la defensa del imputado. La rapidez como se tramitan en beneficio tanto de los imputados como de las víctimas

Otro aspecto positivo es que la versión de los testigos o de los peritos se desahogan en presencia del o los jueces en audiencia. Contándose además con la mejor evidencia como lo es la videograbación que capta imagen y voz de las partes en la audiencia que dan certeza plena de lo que sucedió y así en caso de apelación los magistrados tomar una mejor decisión, lográndose además transparentar el quehacer del poder judicial como lo está exigiendo la sociedad. En pero, debido al Covid 19 y a la nueva normalidad que llegó para quedarse se requiere un nuevo planteamiento urgente en los distintos procesos jurídicos para evitar que los abogados y personas en general acudan a los juzgados y con ello, se lleguen a infectar poniendo en riesgo su salud y a hasta su vida.

En otras palabras, “los juicios virtuales”, en donde las audiencias se desarrollen por video conferencia en vivo con el apoyo de una computadora , tableta o celular a control remoto con una clave individualizada para las partes se lograría el objetivo; amén de que se hace necesario por los tiempos violentos en que vivimos y por lo riesgoso del quehacer de los juzgadores sobre todo en materia penal, con lo que podríamos acceder a procesos con jueces “sin rostro” para proteger su identidad y resguardarlos de venganzas como las que se han dado en recientes hechos sangrientos, con crímenes crueles que han cobraron la vida, no solo del juez, sino peor aún, de sus familiares.

Esta revolución procesal se debe hacer de manera urgente con el apoyo de los legisladores asesorados por expertos en ingeniería procesal para modificar los distintos códigos de las entidades federativas y claro vencer la resistencia de los abogados reacios a la modernidad.

Por supuesto que no todo se puede hacer de manera virtual, pero si, en gran parte de la etapas de los distintos procesos. En la CDMX ya iniciaron estos procesos virtuales en algunas materias y hasta se dio un caso chusco donde el abogado desde su casa, presente en una audiencia, estaba en calzones y fue captado por la cámara cuando se puso de pie, siendo recriminado por la juez de dicha audiencia por su falta de respeto. (Falta de costumbre).

Por supuesto que esto requiere un gasto pero este no sería tan oneroso como el de la reforma constitucional del 2008 en materia de justicia penal y seguridad, porque sólo se debe contratar el servicio de videoconferencia masiva, ahorrándose la compra de papel, folders, agujas para cocer, hilo, lápices, plumas, marcadores de cera etc., así como, mucho personal burocrático que está de más.