/ sábado 23 de septiembre de 2023

Ágora | El Juez penal y su procedimiento especial de ejecución de sentencias

La más reciente obra del orgullo jurídico de Guerrero, el Dr. Jesús Martínez Garnelo, aborda este tema tan menospreciado por la mayoría de los abogados litigantes, que no se actualizan en este procedimiento especial, porque sencillamente bien o mal ya cobraron por llevar a su defendido a una sentencia que esperada o no fue condenatoria.

El sentenciado en tanto, en reclusión o libre por haber pagado una fianza, espera con resignación que transcurra el plazo de la pena porque su abogado no le informo por ignorancia o por mezquindad económica que la Ley Nacional de Ejecución de Sentencias prevé ciertos beneficios para liberarse de la pena, que se le reduzca la misma y/o terminarla anticipadamente con algunas condicionantes que debe cumplir.

Los sentenciados tienen beneficios desde el procedimiento penal vigente, como el del procedimiento abreviado. Después de dictadas la sentencia de la misma manera la Ley Nacional de Ejecución de Sentencias les otorga beneficios a los sentenciados como el de libertad condicionada, libertad anticipada, sustitución y suspensión temporal de la pena, entre otros.

En algunos casos después de haber cumplido el 50 % o el 70% de la misma , además de cubrir el pago de la reparación de daño, la multa y estar inscrito en las actividades sociales, recreativas, laborales, de salud dentro del centro penitenciario. En cuanto al pago de daño, éste puede resarcirse mediante medios alternos de solución de controversias entre el sentenciado y la víctima.

Los abogados postulantes están perdiendo la oportunidad de negocio al desdeñar en su gran mayoría este procedimiento dejando que sean los defensores de oficio quienes se hagan cargo de esta etapa del proceso penal, que por cierto lo hacen con buen tino.

Esta obra del Dr. Martínez Garnelo describe al juzgador ideal señalando cuáles son y sutilmente recomienda a los poderes judiciales de los Estados y de la Federación que los tengan en cuanta al momento de seleccionar a los nuevos jueces.

Esta obra además se enriquece con derecho comparado, con citas bibliográfica, jurisprudencia, formatos y con las propuestas del mismo autor para mejorar el procedimiento. En verdad que pocas veces se puede leer este tipo de libros con un lenguaje tan sencillo que atrapa al lector. Esta obra debería ser de lectura obligatoria para los abogados postulantes, jueces, estudiantes, maestros, asesores jurídicos etc.

El doctor Martínez Garnelo vuelca en éste su libro su bájate cultural que obtiene de la misma fuente de los autores con los que se relaciona a nivel internacional en foros especializados y que comparte sin mezquindad alguna con los ávidos lectores que esperan con ansias sus obras. Este procedimiento si bien es cierto no es nuevo, también lo es que diariamente se están dando criterios sobre la materia en la Corte Suprema. Enhorabuena mi estimado y admirado Dr. Jesús Martínez Garnelo y gracias por haberme invitado a comentar su obra.

La más reciente obra del orgullo jurídico de Guerrero, el Dr. Jesús Martínez Garnelo, aborda este tema tan menospreciado por la mayoría de los abogados litigantes, que no se actualizan en este procedimiento especial, porque sencillamente bien o mal ya cobraron por llevar a su defendido a una sentencia que esperada o no fue condenatoria.

El sentenciado en tanto, en reclusión o libre por haber pagado una fianza, espera con resignación que transcurra el plazo de la pena porque su abogado no le informo por ignorancia o por mezquindad económica que la Ley Nacional de Ejecución de Sentencias prevé ciertos beneficios para liberarse de la pena, que se le reduzca la misma y/o terminarla anticipadamente con algunas condicionantes que debe cumplir.

Los sentenciados tienen beneficios desde el procedimiento penal vigente, como el del procedimiento abreviado. Después de dictadas la sentencia de la misma manera la Ley Nacional de Ejecución de Sentencias les otorga beneficios a los sentenciados como el de libertad condicionada, libertad anticipada, sustitución y suspensión temporal de la pena, entre otros.

En algunos casos después de haber cumplido el 50 % o el 70% de la misma , además de cubrir el pago de la reparación de daño, la multa y estar inscrito en las actividades sociales, recreativas, laborales, de salud dentro del centro penitenciario. En cuanto al pago de daño, éste puede resarcirse mediante medios alternos de solución de controversias entre el sentenciado y la víctima.

Los abogados postulantes están perdiendo la oportunidad de negocio al desdeñar en su gran mayoría este procedimiento dejando que sean los defensores de oficio quienes se hagan cargo de esta etapa del proceso penal, que por cierto lo hacen con buen tino.

Esta obra del Dr. Martínez Garnelo describe al juzgador ideal señalando cuáles son y sutilmente recomienda a los poderes judiciales de los Estados y de la Federación que los tengan en cuanta al momento de seleccionar a los nuevos jueces.

Esta obra además se enriquece con derecho comparado, con citas bibliográfica, jurisprudencia, formatos y con las propuestas del mismo autor para mejorar el procedimiento. En verdad que pocas veces se puede leer este tipo de libros con un lenguaje tan sencillo que atrapa al lector. Esta obra debería ser de lectura obligatoria para los abogados postulantes, jueces, estudiantes, maestros, asesores jurídicos etc.

El doctor Martínez Garnelo vuelca en éste su libro su bájate cultural que obtiene de la misma fuente de los autores con los que se relaciona a nivel internacional en foros especializados y que comparte sin mezquindad alguna con los ávidos lectores que esperan con ansias sus obras. Este procedimiento si bien es cierto no es nuevo, también lo es que diariamente se están dando criterios sobre la materia en la Corte Suprema. Enhorabuena mi estimado y admirado Dr. Jesús Martínez Garnelo y gracias por haberme invitado a comentar su obra.