/ viernes 28 de abril de 2023

Persiste contaminación por residuos infecciosos

Hospitales y clínicas violan la norma 087 y no acatan el proceso de separación, recolección transporte y destino final de los desechos

Hospitales particulares, privados, así como clínicas y laboratorios donde se practican estudios de análisis clínicos de Acapulco, violan la norma 087 que determina el manejo y destino final de los residuos biológicos e infecciosos de los que hacen uso al interior de cada nosocomio.

La norma oficial NOM-087-ECOL-1995, determina que todo establecimiento donde se presta atención médica, debe de cumplir con el proceso de separación, embasamiento, almacenamiento, así como la recolección, transporte y destino final de los desechos biológico-infecciosos entre estos, pastillas, jeringas, mangueras que se utilizan para la aplicación de sueros, además de corrosivas, reactivas, explosivas y tóxicas.

En Acapulco, se cuenta con siete hospitales privados que son los que en un mayor porcentaje cumplen con la norma oficial mexicana que marca la ley, en cuanto al uso de sus incineradores, en los pagos de servicios especiales para la recolección y el traslado de sus desechos infecciosos a sitios donde no representen un riesgo para la salud de los acapulqueños.

Lee también: Rastro de Chilpancingo, foco de infección para capitalinos

Sin embargo, se cuenta con cientos de clínicas privadas, consultorios y laboratorios, donde el manejo de los residuos infecciosos, no tienen un tratamiento adecuado como lo marca la ley en materia de ecología y medio ambiente.

En mayo del 2022, personal de la dirección de ecología y medio ambiente de la pasada administración, ubicaron dos tiraderos de basura clandestinos en calles del poblado de Llano Largo, en los cuáles fueron localizados restos de desechos infecciosos como bolsas con restos de sangre, medicamentos, gasas utilizadas, batas de médicos y enfermeras que se utilizan en las cirugías, todo esto que representaron riesgo para la salud de miles de familias.

La defensora del medio ambiente y ex directora de ecología en Acapulco, Guadalupe Rivas Pérez, indicó que los procesos legales en contra de los hospitales, consultorios, clínicas, veterinarias y laboratorios que incumplen con la regla 087, deben de ser sancionados con multas por parte de la Procuraduría Federal de Protección al Medio Ambiente (Profepa).

Todos los centros de atención médica de Acapulco, deben contratar una empresa certificada por las autoridades para el manejo y destino final de los residuos peligrosos, dichas compañías recolectoras, deben de estar apegadas a las normas NOM-005-SEMARNAT-200 y la NOM-055-SEMARNAT-2005.

Los residuos sólidos infecciosos son considerados como un gran riesgo sanitario./ Foto: Enrique Hernández | El Sol de Acapulco

Rivas Pérez, manifestó que cada proceso de incumplimiento a la norma oficial NOM-087-ECOL-1995, debe de ser justificad con el levantamiento de los procedimientos administrativo para que la Profepa como dependencia ejecutora, pueda aplicar las sanciones correspondientes en contra de los nosocomios donde se detecte alguna irregularidad en cuanto al manejo y disposición final de sus residuos infecciosos.

La también ex funcionaria, indicó que en los dos casos los desechos infecciosos localizados en los tiraderos clandestinos en Llano Largo, se procedió al levantamiento de las actas y los procedimientos administrativos que se entregaron al personal de la Profepa, para que se procediera con forme a lo que marca la norma oficial por el delito de contaminación ambiental.

De acuerdo a la propia ley, las sanciones para los centros de atención médica que provocan tiraderos de desechos infecciosos, van desde los 40 a los 50 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMS), lo que equivale a más de 4.3 millones de pesos, además de la reparación del daño ecológico provocado en la zona donde arrojan los restos del material.

Aunado a la sanción, la ley también determina en un momento la revocación temporal, parcial o definitiva de los permisos o las licencias de funcionamiento que les otorgan las propias autoridades en materia de salud para que puedan funcionar.

Hospitales particulares, privados, así como clínicas y laboratorios donde se practican estudios de análisis clínicos de Acapulco, violan la norma 087 que determina el manejo y destino final de los residuos biológicos e infecciosos de los que hacen uso al interior de cada nosocomio.

La norma oficial NOM-087-ECOL-1995, determina que todo establecimiento donde se presta atención médica, debe de cumplir con el proceso de separación, embasamiento, almacenamiento, así como la recolección, transporte y destino final de los desechos biológico-infecciosos entre estos, pastillas, jeringas, mangueras que se utilizan para la aplicación de sueros, además de corrosivas, reactivas, explosivas y tóxicas.

En Acapulco, se cuenta con siete hospitales privados que son los que en un mayor porcentaje cumplen con la norma oficial mexicana que marca la ley, en cuanto al uso de sus incineradores, en los pagos de servicios especiales para la recolección y el traslado de sus desechos infecciosos a sitios donde no representen un riesgo para la salud de los acapulqueños.

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Sin embargo, se cuenta con cientos de clínicas privadas, consultorios y laboratorios, donde el manejo de los residuos infecciosos, no tienen un tratamiento adecuado como lo marca la ley en materia de ecología y medio ambiente.

En mayo del 2022, personal de la dirección de ecología y medio ambiente de la pasada administración, ubicaron dos tiraderos de basura clandestinos en calles del poblado de Llano Largo, en los cuáles fueron localizados restos de desechos infecciosos como bolsas con restos de sangre, medicamentos, gasas utilizadas, batas de médicos y enfermeras que se utilizan en las cirugías, todo esto que representaron riesgo para la salud de miles de familias.

La defensora del medio ambiente y ex directora de ecología en Acapulco, Guadalupe Rivas Pérez, indicó que los procesos legales en contra de los hospitales, consultorios, clínicas, veterinarias y laboratorios que incumplen con la regla 087, deben de ser sancionados con multas por parte de la Procuraduría Federal de Protección al Medio Ambiente (Profepa).

Todos los centros de atención médica de Acapulco, deben contratar una empresa certificada por las autoridades para el manejo y destino final de los residuos peligrosos, dichas compañías recolectoras, deben de estar apegadas a las normas NOM-005-SEMARNAT-200 y la NOM-055-SEMARNAT-2005.

Los residuos sólidos infecciosos son considerados como un gran riesgo sanitario./ Foto: Enrique Hernández | El Sol de Acapulco

Rivas Pérez, manifestó que cada proceso de incumplimiento a la norma oficial NOM-087-ECOL-1995, debe de ser justificad con el levantamiento de los procedimientos administrativo para que la Profepa como dependencia ejecutora, pueda aplicar las sanciones correspondientes en contra de los nosocomios donde se detecte alguna irregularidad en cuanto al manejo y disposición final de sus residuos infecciosos.

La también ex funcionaria, indicó que en los dos casos los desechos infecciosos localizados en los tiraderos clandestinos en Llano Largo, se procedió al levantamiento de las actas y los procedimientos administrativos que se entregaron al personal de la Profepa, para que se procediera con forme a lo que marca la norma oficial por el delito de contaminación ambiental.

De acuerdo a la propia ley, las sanciones para los centros de atención médica que provocan tiraderos de desechos infecciosos, van desde los 40 a los 50 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMS), lo que equivale a más de 4.3 millones de pesos, además de la reparación del daño ecológico provocado en la zona donde arrojan los restos del material.

Aunado a la sanción, la ley también determina en un momento la revocación temporal, parcial o definitiva de los permisos o las licencias de funcionamiento que les otorgan las propias autoridades en materia de salud para que puedan funcionar.

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