/ martes 14 de septiembre de 2021

Propuestas de reformas fiscales 2022. (Primera parte)

El pasado 8 de Septiembre del presente año, se entregó al Congreso de la Unión la propuesta del paquete económico para el próximo ejercicio fiscal 2022 , en la que se incluyen algunas modificaciones en materia fiscal relativa al ISR, IVA, IEPS, Código Fiscal de la Federación y de la Ley de Ingresos de la Federación.

En materia del Impuesto Sobre la Renta (ISR), para personas morales:

Se incorpora la prelación de acreditamiento de este impuesto, primero lo pagado en México y después lo pagado en el extranjero.

Se modifica la disminución de pagos provisionales para antes de la disminución del coeficiente de utilidad fiscal.

Se establece la obligación para personas morales en el régimen general para la presentación de un aviso de los accionistas extranjeros, que enajenen sus acciones.

En el caso de reestructuras corporativas de personas morales se podrá dejar sin efectos las autorizaciones para enajenar a costo fiscal, si se carece de una razón de negocio, a criterio de las autoridades fiscales.

Se incluye un supuesto de acumulación de ingresos en la consolidación de la nuda propiedad con el usufructo. Se señala que la nuda propiedad no es deducible.

Se propone que cuando se enajene alguna propiedad deberá existir avalúo y se determina el procedimiento de la ganancia por la enajenación de alguna propiedad.

Para fines de la deducción del usufructo de un bien inmueble le corresponderá la deducción de inversiones a la tasa del 5%.

En el sector minero se siguieron reglas para la deducción en el caso de usufructo.

En materia de deducciones se debe señalar en el CFDI, el permiso expedido por la Comisión Reguladora de Energía o Secretaria de Energía, al proveedor del combustible.

En el caso de deducciones por transferencias de tecnologías o de regalía, se deberá comprobar a quien proporciona los conocimientos cuenta con los elementos técnicos propios para ello y se presten en forma directa y no a través de terceros, para cumplir con el principio de la materialidad .

Se modifican las deducciones para créditos incobrables y modificaciones a las reglas de capitalización delgadas.

En inversiones de activo fijo, se propone reclasificar algunos conceptos que deben integrar los MOI y de presentar un aviso, cuando algún activo fijo deje de ser útil.

Tratándose de escisión de sociedades se establece la regla de dividir las pérdidas fiscales, únicamente entre las sociedades que se dediquen al mismo giro y en caso de fusión, se propone modificar los supuestos en que se consideren un cambio de socios o acciones que poseen el control de la sociedad.

Para el sector financiero se debe especificar como requisito para la procedencia de la deducción de las reservas técnicas, que se constituyen de acuerdo a las disposiciones legales obligatorias y deberán presentar la declaración informativa en forma mensual sobre los depósitos en efectivos.

Como se observa, no existe ninguna medida de apoyo y / o subsidio para estimular el crecimiento de las empresas y de la economía en su conjunto, para reactivación económica del país, si no son medidas fiscalizadas para obtener mayores recursos de las personas morales establecidas.

Posteriormente analizaremos las propuestas de reformas de materia de ISR para las personas físicas bajo el régimen de confianza ??? ... ¿Usted qué piensa?

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