/ lunes 24 de enero de 2022

Obliga TEE a medios para borrar información del caso Abelina

Las publicaciones son materia de violencia política contra las mujeres en razón de género

Durante la sesión plenaria de este lunes el Tribunal Electoral un Acuerdo Plenario en el que emitieron medidas de protección y no repetición, para asegurar el cese de la Violencia Política en Razón de Género en contra de la ciudadana Abelina López Rodríguez, l o que incluye que medios de comunicación bajen de sus plataformas información que fue considerada violatoria de los derechos de la hoy alcalde de Acapulco

Razón por la cual se ordenó a la Coordinación de lo Contencioso Electoral del IEPCGro mandatar a quien corresponda, la eliminación de manera inmediata de las publicaciones en dos medios de comunicación, que son materia de violencia política contra las mujeres en razón de género.

Lee también: Resuelve Tribunal Electoral sancionar a 3 militantes del PT

Estas publicaciones son las que se hicieron durante el proceso electoral con declaraciones del entonces candidato Ricardo Taja Ramírez, que ya fueron dictaminadas como violencia política y se sancionó al declarante, pero ahora se obliga a que los medios de comunicación bajen de sus portales la información que aún puede ser consultada.

La información que tendrían que retirar es la que se publicó el 25 de mayo y en el que Taja Ramírez habría dicho que la entonces candidata de Morena a la alcaldía, no tiene hijos, y por eso no tienen el mismo amor que él a las familias de Acapulco, la declaración fue utilizada como evidencia en una denuncia pro violencia política que ganó la hoy alcaldesa por lo que Taja Ramírez fue sancionado económicamente y su nombre se inscribió en el listado de promotores de violencia hacia la mujer.

Durante la sesión plenaria de este lunes el Tribunal Electoral un Acuerdo Plenario en el que emitieron medidas de protección y no repetición, para asegurar el cese de la Violencia Política en Razón de Género en contra de la ciudadana Abelina López Rodríguez, l o que incluye que medios de comunicación bajen de sus plataformas información que fue considerada violatoria de los derechos de la hoy alcalde de Acapulco

Razón por la cual se ordenó a la Coordinación de lo Contencioso Electoral del IEPCGro mandatar a quien corresponda, la eliminación de manera inmediata de las publicaciones en dos medios de comunicación, que son materia de violencia política contra las mujeres en razón de género.

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Estas publicaciones son las que se hicieron durante el proceso electoral con declaraciones del entonces candidato Ricardo Taja Ramírez, que ya fueron dictaminadas como violencia política y se sancionó al declarante, pero ahora se obliga a que los medios de comunicación bajen de sus portales la información que aún puede ser consultada.

La información que tendrían que retirar es la que se publicó el 25 de mayo y en el que Taja Ramírez habría dicho que la entonces candidata de Morena a la alcaldía, no tiene hijos, y por eso no tienen el mismo amor que él a las familias de Acapulco, la declaración fue utilizada como evidencia en una denuncia pro violencia política que ganó la hoy alcaldesa por lo que Taja Ramírez fue sancionado económicamente y su nombre se inscribió en el listado de promotores de violencia hacia la mujer.

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