/ miércoles 8 de julio de 2020

Dan entrada a iniciativa que impondrá sanciones a quien padezca enfermedad grave y salga a las calles

Marco Antonio Cabada, dijo que existen personas que a sabiendas de ser portadores de este virus, se encuentran realizando actividades de manera imprudencial

Integrantes de la Sexagésima Legislatura de Guerrero, dieron entrada a la iniciativa de reforma al Código Penal, en la que analizan imponer de uno a cuatro años de prisión y de cincuenta a doscientos días multa a quien con conocimiento de que padece una enfermedad grave en período infectante como el Covid-19, ponga en peligro la salud de otros, así como de diez años de prisión a quien lo haga de manera dolosa.

La iniciativa con proyecto de decreto en materia penal por el que reforman el artículo 170 y su segundo párrafo, del Código Penal, fue presentada por el diputado integrante del grupo parlamentario de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Marco Antonio Cabada Arias, quien, en sesión presencial de este miércoles, en su exposición de motivos, explicó que esta iniciativa es en respuesta a la preocupación y alarma que ha provocado el aumento exponencial de contagios de coronavirus.

En ese contexto, dijo que un aspecto que ha generado alerta y preocupación tiene que ver con la existencia de personas que, a sabiendas de ser portadores de este virus, se encuentran realizando actividades de manera imprudencial y algunas de manera dolosa, en el primero de los casos exponiendo al contagio por vía directa al circular por las calles y en lugares concurridos donde se encuentra personas sanas.

El legislador de Morena, Cabada Arias, refirió que, por cuanto hace al segundo de los casos, el portador del virus tiene pleno conocimiento del “peligro de contagio” que representa y realiza acciones para contagiar a los demás al que podemos llamar, contagio doloso o contagio malicioso.

En ese sentido, puso a consideración del pleno, que se proceda penalmente por denuncia de querella a quien con conocimiento de que padece una enfermedad grave en período infectante entre estos el Covid-19 y ponga en peligro la salud de otros, ya sea por relaciones sexuales, u otro medio transmisible o de contagio, se le impondrán de uno a cuatro años de prisión y de cincuenta a doscientos días multa.

Se aclara que, si la transmisión o contagio ocurre de manera dolosa o es incurable, se le impondrán al sujeto de dos a diez años de prisión y de cien a quinientos días multa. La iniciativa se turno a la Comisión de Justicia para su análisis y se emita el dictamen para presentarlo ante el pleno.

Integrantes de la Sexagésima Legislatura de Guerrero, dieron entrada a la iniciativa de reforma al Código Penal, en la que analizan imponer de uno a cuatro años de prisión y de cincuenta a doscientos días multa a quien con conocimiento de que padece una enfermedad grave en período infectante como el Covid-19, ponga en peligro la salud de otros, así como de diez años de prisión a quien lo haga de manera dolosa.

La iniciativa con proyecto de decreto en materia penal por el que reforman el artículo 170 y su segundo párrafo, del Código Penal, fue presentada por el diputado integrante del grupo parlamentario de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Marco Antonio Cabada Arias, quien, en sesión presencial de este miércoles, en su exposición de motivos, explicó que esta iniciativa es en respuesta a la preocupación y alarma que ha provocado el aumento exponencial de contagios de coronavirus.

En ese contexto, dijo que un aspecto que ha generado alerta y preocupación tiene que ver con la existencia de personas que, a sabiendas de ser portadores de este virus, se encuentran realizando actividades de manera imprudencial y algunas de manera dolosa, en el primero de los casos exponiendo al contagio por vía directa al circular por las calles y en lugares concurridos donde se encuentra personas sanas.

El legislador de Morena, Cabada Arias, refirió que, por cuanto hace al segundo de los casos, el portador del virus tiene pleno conocimiento del “peligro de contagio” que representa y realiza acciones para contagiar a los demás al que podemos llamar, contagio doloso o contagio malicioso.

En ese sentido, puso a consideración del pleno, que se proceda penalmente por denuncia de querella a quien con conocimiento de que padece una enfermedad grave en período infectante entre estos el Covid-19 y ponga en peligro la salud de otros, ya sea por relaciones sexuales, u otro medio transmisible o de contagio, se le impondrán de uno a cuatro años de prisión y de cincuenta a doscientos días multa.

Se aclara que, si la transmisión o contagio ocurre de manera dolosa o es incurable, se le impondrán al sujeto de dos a diez años de prisión y de cien a quinientos días multa. La iniciativa se turno a la Comisión de Justicia para su análisis y se emita el dictamen para presentarlo ante el pleno.

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