/ miércoles 4 de abril de 2018

Profeco gana demanda contra AT&T por cobros indebidos a consumidores

Solicitaron a la empresa a reparar los daños cuantificables y liquidables en vía incidental y ocasionados a cada consumidor perjudicado durante 2012, 2013, 2014

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ganó una demanda colectiva a la entonces empresa Nextel y ahora fusionada por AT&T, debido a los cobros indebidos a los consumidores desde 2012, y deberá pagar por los daños ocasionados.

En un comunicado, el organismo señaló que el resultado podrá beneficiar a los consumidores que, de acuerdo con informes de la compañía telefónica y proporcionados al Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel), durante el 2012 se tenía un registro de al menos 3.5 millones de usuarios.

Indicó que a través de la subprocuraduría jurídica, en 2013 promovió una acción colectiva contra las empresas NII Telecom, Servicios de Radiocomunicación Móvil de México, Delta Comunicaciones Digitales, Inversiones Nextel de México, Comunicaciones Nextel de México y NII Digital, que en conjunto eran conocidas como Nextel y ahora AT&T.

Explicó que se declaró procedente la acción promovida por dicho organismo, al probar los elementos constitutivos de la acción principal ejercida, mientras que Nextel, ahora AT&T, no acreditó sus excepciones contra la acción principal.

Conductas indebidas

La Profeco refirió que en 2012 se realizaron conductas que ocasionaron daños y perjuicios a diversos consumidores en pospago y prepago de los servicios de radiocomunicación móvil especializada en flotillas.

Así como en transmisión bidireccional de datos en cualquiera de sus modalidades de acceso inalámbrico fijo o móvil, radioconferencia y radio internacional con Estados Unidos, Argentina, Brasil, Perú y Chile (Radio Evolución).

Ello, debido a que realizó cobros indebidos a los usuarios por servicios no proporcionados, deficientes o con características y contenidos diferentes a los planes o paquetes ofrecidos.

También por los servicios adicionales cancelados, por ajustes y cobro de tarifas, sin aclaración o previo aviso y aceptación expresa, escrita o vía electrónica de los consumidores usuarios.

¿Qué hará AT&T?

Por ello, indicó que en la resolución se solicitó a la empresa a reparar los daños cuantificables y liquidables en vía incidental y ocasionados a cada consumidor perjudicado durante 2012, 2013, 2014 y hasta la total conclusión del juicio colectivo.

AT&T deberá hacer el pago de interés por hasta 9.0 por ciento anual sobre las cantidades generadas por concepto de cobros indebidos, calculados a partir del día siguiente en que el consumidor realizó el pago y hasta la total conclusión del juicio colectivo, así como cubrir una indemnización adicional de 20 por ciento a cada consumidor, precisó.

La Profeco exhortó a los usuarios perjudicados a acercarse y reclamar su derecho en las delegaciones, subdelegaciones y unidades de servicio, o bien, comunicarse a los teléfonos 55 68 87 22/ 01800 468 87 22 y @atencionprofeco, @profeco y en Facebook, ProfecoOficial.

Se trata de una acción “histórica”, en virtud de que desde la regulación del Libro Quinto del Código Federal de Procedimientos Civiles, denominado “De las acciones colectivas”, ninguno de los legitimados para promover acciones colectivas como Profepa, Condusef, Cofece, PGR, Asociaciones Civiles y 30 personas con representante común, han logrado una sentencia favorable.

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ganó una demanda colectiva a la entonces empresa Nextel y ahora fusionada por AT&T, debido a los cobros indebidos a los consumidores desde 2012, y deberá pagar por los daños ocasionados.

En un comunicado, el organismo señaló que el resultado podrá beneficiar a los consumidores que, de acuerdo con informes de la compañía telefónica y proporcionados al Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel), durante el 2012 se tenía un registro de al menos 3.5 millones de usuarios.

Indicó que a través de la subprocuraduría jurídica, en 2013 promovió una acción colectiva contra las empresas NII Telecom, Servicios de Radiocomunicación Móvil de México, Delta Comunicaciones Digitales, Inversiones Nextel de México, Comunicaciones Nextel de México y NII Digital, que en conjunto eran conocidas como Nextel y ahora AT&T.

Explicó que se declaró procedente la acción promovida por dicho organismo, al probar los elementos constitutivos de la acción principal ejercida, mientras que Nextel, ahora AT&T, no acreditó sus excepciones contra la acción principal.

Conductas indebidas

La Profeco refirió que en 2012 se realizaron conductas que ocasionaron daños y perjuicios a diversos consumidores en pospago y prepago de los servicios de radiocomunicación móvil especializada en flotillas.

Así como en transmisión bidireccional de datos en cualquiera de sus modalidades de acceso inalámbrico fijo o móvil, radioconferencia y radio internacional con Estados Unidos, Argentina, Brasil, Perú y Chile (Radio Evolución).

Ello, debido a que realizó cobros indebidos a los usuarios por servicios no proporcionados, deficientes o con características y contenidos diferentes a los planes o paquetes ofrecidos.

También por los servicios adicionales cancelados, por ajustes y cobro de tarifas, sin aclaración o previo aviso y aceptación expresa, escrita o vía electrónica de los consumidores usuarios.

¿Qué hará AT&T?

Por ello, indicó que en la resolución se solicitó a la empresa a reparar los daños cuantificables y liquidables en vía incidental y ocasionados a cada consumidor perjudicado durante 2012, 2013, 2014 y hasta la total conclusión del juicio colectivo.

AT&T deberá hacer el pago de interés por hasta 9.0 por ciento anual sobre las cantidades generadas por concepto de cobros indebidos, calculados a partir del día siguiente en que el consumidor realizó el pago y hasta la total conclusión del juicio colectivo, así como cubrir una indemnización adicional de 20 por ciento a cada consumidor, precisó.

La Profeco exhortó a los usuarios perjudicados a acercarse y reclamar su derecho en las delegaciones, subdelegaciones y unidades de servicio, o bien, comunicarse a los teléfonos 55 68 87 22/ 01800 468 87 22 y @atencionprofeco, @profeco y en Facebook, ProfecoOficial.

Se trata de una acción “histórica”, en virtud de que desde la regulación del Libro Quinto del Código Federal de Procedimientos Civiles, denominado “De las acciones colectivas”, ninguno de los legitimados para promover acciones colectivas como Profepa, Condusef, Cofece, PGR, Asociaciones Civiles y 30 personas con representante común, han logrado una sentencia favorable.

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