/ lunes 7 de agosto de 2017

Rescata la Profepa 99 pericos

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente(PROFEPA), en coordinación con la Policía Estatal, rescató 99ejemplares juveniles de la familia de los Psitácidos (Aratingacanicularis), los cuales eran transportados en un vehículocompacto sobre la Carretera Federal Chilpancingo-Acapulco, frenteal Fraccionamiento La Cinca, en el  Municipio de Chilpancingo delos Bravo, Guerrero.

Personal de esta Procuraduría realizó un recorridode manera conjunta con elementos de la Policía Estatal, dondeobservaron un vehículo que llevaba a los ejemplares de vidasilvestre sin contar con la documentación que acreditara la legalprocedencia de las aves.

De acuerdo con el Artículo 60 Bis 2 de la LeyGeneral de Vida Silvestre, ningún ave de la familia de losPsitácidos cuya distribución sea dentro del territorio nacional,podrá ser sujeto de aprovechamiento extractivo con fines desubsistencia o comerciales.

Leermás:  

Los ejemplares fueron encontrados con un alto gradode estrés por el hacinamiento y falta de alimentación en que erantransportados, ya que iban dentro de una jaula de aproximadamente 1metro de largo por 0.50 centímetros de alto.

Por lo anterior, se presentó ante el MinisterioPúblico Federal a dos personas de sexo masculino y los 99ejemplares de  Psitácidos de la especie Aratinga canicularis,mismos que se encuentran catalogados dentro de la Norma OficialMexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 como en Peligro de Extinción(P).

El Agente del Ministerio Público Federal determinóque los ejemplares de vida silvestre quedaran en guardia y custodiade la PROFEPA, por lo que esta Procuraduría procedió a sutraslado al Zoológico Zoochilpan, donde recibirán alimentación yatención y cuidados veterinarios.

Cabe mencionar que este tipo de actos sonconsiderados, además de violaciones a la legislación ambiental,como delitos federales; razón por la que tal conducta puede sersancionada de acuerdo con el artículo 420, fracción IV, delCódigo Penal Federal, con una pena de uno a nueve años deprisión y por el equivalente de trescientos a tres mil díasmulta.

Además, la Ley General de Vida Silvestre (LGVS)establece que esta acción puede ser sancionada con el decomisodefinitivo de los ejemplares, así como con una multa de 50 a 50mil Unidades de Medida y Actualización.

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente(PROFEPA), en coordinación con la Policía Estatal, rescató 99ejemplares juveniles de la familia de los Psitácidos (Aratingacanicularis), los cuales eran transportados en un vehículocompacto sobre la Carretera Federal Chilpancingo-Acapulco, frenteal Fraccionamiento La Cinca, en el  Municipio de Chilpancingo delos Bravo, Guerrero.

Personal de esta Procuraduría realizó un recorridode manera conjunta con elementos de la Policía Estatal, dondeobservaron un vehículo que llevaba a los ejemplares de vidasilvestre sin contar con la documentación que acreditara la legalprocedencia de las aves.

De acuerdo con el Artículo 60 Bis 2 de la LeyGeneral de Vida Silvestre, ningún ave de la familia de losPsitácidos cuya distribución sea dentro del territorio nacional,podrá ser sujeto de aprovechamiento extractivo con fines desubsistencia o comerciales.

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Los ejemplares fueron encontrados con un alto gradode estrés por el hacinamiento y falta de alimentación en que erantransportados, ya que iban dentro de una jaula de aproximadamente 1metro de largo por 0.50 centímetros de alto.

Por lo anterior, se presentó ante el MinisterioPúblico Federal a dos personas de sexo masculino y los 99ejemplares de  Psitácidos de la especie Aratinga canicularis,mismos que se encuentran catalogados dentro de la Norma OficialMexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 como en Peligro de Extinción(P).

El Agente del Ministerio Público Federal determinóque los ejemplares de vida silvestre quedaran en guardia y custodiade la PROFEPA, por lo que esta Procuraduría procedió a sutraslado al Zoológico Zoochilpan, donde recibirán alimentación yatención y cuidados veterinarios.

Cabe mencionar que este tipo de actos sonconsiderados, además de violaciones a la legislación ambiental,como delitos federales; razón por la que tal conducta puede sersancionada de acuerdo con el artículo 420, fracción IV, delCódigo Penal Federal, con una pena de uno a nueve años deprisión y por el equivalente de trescientos a tres mil díasmulta.

Además, la Ley General de Vida Silvestre (LGVS)establece que esta acción puede ser sancionada con el decomisodefinitivo de los ejemplares, así como con una multa de 50 a 50mil Unidades de Medida y Actualización.

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