/ martes 29 de junio de 2021

Procesados por delito de droga en porción pequeña podrían salir en libertad

Adrián Cruz, presidente de la Barra de Abogados de Acapulco, indicó que una vez modificadas los códigos penales de los Estados, los detenidos podrían alcanzar el beneficio de la libertad

El presidente de la Barra de Abogados de Acapulco, Adrián Cruz dijo que una vez que se modifique los códigos penales en los estados y la Ley de salud para que se autorice los permisos de consumir, aportar y fumar mariguana ocasionará que todos aquellos detenidos por el tráfico de la canabis en porciones pequeñas, alcancen el beneficio de su libertad.

Explicó que además de modificarse la Ley general de Salud y en consecuencias las leyes secundarías, también se tendrán que hacer adecuaciones a la ley de la Cofepris, que fue la que se sometió a la inconstitucionalidad de sus artículos y que hace la prohibición específica del uso de la Canabis así como el psicotrópico Tetrahidrocannabinol.

“Esto traerá como consecuencias, que en la cárcel o gente privada de su libertad con esta nueva ley y con la reforma al código penal también va quedar como una forma secundaria, con este abandono del uso de la canabis, toda persona que se encuentra privada de su libertad bajo la modalidad del uso de la canabis en porciones pequeñas o porciones que regulen que la privación de la libertad fue bajo un esquema de consumo mínimo obtendrán su libertad de forma inmediata”, precisó.

Insistió que se tendrá que modificar los códigos penales de los estados y federal para que todas aquellas personas que estén privadas de su libertad bajo el uso de canabis en porciones pequeñas podrán salir libres.

La norma que se declaró inconstitucional la de ayer puede beneficiarle aun cuando aquellas personas privadas de su libertad u hayan tenido sentencia en años pasados porque la constitución prevé efectos retroactivos cuando son positivamente para los reos, así que alcanzará los beneficios”, señaló

Ayer, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó la declaratoria general de inconstitucionalidad sobre la prohibición del uso lúdico y recreativo de la marihuana.

Los ministros avalaron el proyecto de la ministra Norma Lucia Piña Hernández, quien propuso que en tanto el Congreso de la Unión no legisle en la materia, en lo sucesivo la Secretaria de Salud autorizará las actividades del autoconsumo de cannabis y THC (Tetrahidrocannabinol, componente psicoactivo que permite la alteración de la percepción y modificación del estado de ánimo) con fines recreativos, respetando el derecho al libre desarrollo de la personalidad.

El presidente de la Barra de Abogados de Acapulco, Adrián Cruz dijo que una vez que se modifique los códigos penales en los estados y la Ley de salud para que se autorice los permisos de consumir, aportar y fumar mariguana ocasionará que todos aquellos detenidos por el tráfico de la canabis en porciones pequeñas, alcancen el beneficio de su libertad.

Explicó que además de modificarse la Ley general de Salud y en consecuencias las leyes secundarías, también se tendrán que hacer adecuaciones a la ley de la Cofepris, que fue la que se sometió a la inconstitucionalidad de sus artículos y que hace la prohibición específica del uso de la Canabis así como el psicotrópico Tetrahidrocannabinol.

“Esto traerá como consecuencias, que en la cárcel o gente privada de su libertad con esta nueva ley y con la reforma al código penal también va quedar como una forma secundaria, con este abandono del uso de la canabis, toda persona que se encuentra privada de su libertad bajo la modalidad del uso de la canabis en porciones pequeñas o porciones que regulen que la privación de la libertad fue bajo un esquema de consumo mínimo obtendrán su libertad de forma inmediata”, precisó.

Insistió que se tendrá que modificar los códigos penales de los estados y federal para que todas aquellas personas que estén privadas de su libertad bajo el uso de canabis en porciones pequeñas podrán salir libres.

La norma que se declaró inconstitucional la de ayer puede beneficiarle aun cuando aquellas personas privadas de su libertad u hayan tenido sentencia en años pasados porque la constitución prevé efectos retroactivos cuando son positivamente para los reos, así que alcanzará los beneficios”, señaló

Ayer, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó la declaratoria general de inconstitucionalidad sobre la prohibición del uso lúdico y recreativo de la marihuana.

Los ministros avalaron el proyecto de la ministra Norma Lucia Piña Hernández, quien propuso que en tanto el Congreso de la Unión no legisle en la materia, en lo sucesivo la Secretaria de Salud autorizará las actividades del autoconsumo de cannabis y THC (Tetrahidrocannabinol, componente psicoactivo que permite la alteración de la percepción y modificación del estado de ánimo) con fines recreativos, respetando el derecho al libre desarrollo de la personalidad.

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