/ jueves 3 de marzo de 2022

Fiscal de Morelos no puede ser removido por supuesta falta de examen de confianza: SCJN

La Suprema Corte notificó a la FGR para que se abstenga de proceder penalmente en contra del Fiscal de Morelos

La Fiscalía General del Estado de Morelos (FGE) es un órgano constitucional autónomo y por tanto, su titular cuenta con fuero, concluyó este miércoles la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

“Su titular (Uriel Carmona Gándara) cuenta con la inmunidad procesal penal federal a que se refiere el aludido artículo (111) constitucional”, expuso la Corte en un comunicado.

Además, solicitó se notifique a la Fiscalía General de la República (FGR) para que se abstenga de proceder penalmente contra el Fiscal General del Estado de Morelos , Uriel Carmona Gádara, hasta en tanto se resuelva el fondo de la controversia constitucional promovida por el Congreso del Estado de Morelos.

La resolución de la SCJN se da luego de que en 2020 en la Cámara de Diputados se solicitó la remoción de Carmona Gándara, quien fue acusado por la FGR ante la supuesta falta de exámenes de control de confianza.

No obstante, fue esa misma dependencia la responsable de aplicarle y posteriormente aprobar dichos exámenes, por lo que ese presunto delito siempre fue inexistente.

Por esos hechos, desde el 22 de febrero 2021 Carmona Gándara promovió un juicio de amparo y logró una suspensión que le fue otorgada por un juzgado federal, la cual limitaba a la Cámara de Diputados para resolver en definitiva sobre su desafuero.

Es decir, si los legisladores votaban por el desafuero violaban el amparo que le fue concedido a Carmona Gándara.

“La suspensión se otorga con la finalidad de que se preserve la materia del juicio, porque en caso de que el acto impugnado surta sus efectos y consecuencias, la controversia constitucional quedaría sin materia”, advirtió la Corte.

Cabe recordar que el Congreso del Estado de Morelos y la FGE estatal, como tercero interesado, presentaron un recurso de reclamación en contra de la negativa de otorgar la suspensión.

Es así que la resolución emitida por la Segunda Sala de la Corte revoca el acuerdo de la Ministra y por tanto suspende para efecto de que la FGR no pueda proceder contra el Fiscal de Morelos.

Publicado originalmente en La Prensa

La Fiscalía General del Estado de Morelos (FGE) es un órgano constitucional autónomo y por tanto, su titular cuenta con fuero, concluyó este miércoles la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

“Su titular (Uriel Carmona Gándara) cuenta con la inmunidad procesal penal federal a que se refiere el aludido artículo (111) constitucional”, expuso la Corte en un comunicado.

Además, solicitó se notifique a la Fiscalía General de la República (FGR) para que se abstenga de proceder penalmente contra el Fiscal General del Estado de Morelos , Uriel Carmona Gádara, hasta en tanto se resuelva el fondo de la controversia constitucional promovida por el Congreso del Estado de Morelos.

La resolución de la SCJN se da luego de que en 2020 en la Cámara de Diputados se solicitó la remoción de Carmona Gándara, quien fue acusado por la FGR ante la supuesta falta de exámenes de control de confianza.

No obstante, fue esa misma dependencia la responsable de aplicarle y posteriormente aprobar dichos exámenes, por lo que ese presunto delito siempre fue inexistente.

Por esos hechos, desde el 22 de febrero 2021 Carmona Gándara promovió un juicio de amparo y logró una suspensión que le fue otorgada por un juzgado federal, la cual limitaba a la Cámara de Diputados para resolver en definitiva sobre su desafuero.

Es decir, si los legisladores votaban por el desafuero violaban el amparo que le fue concedido a Carmona Gándara.

“La suspensión se otorga con la finalidad de que se preserve la materia del juicio, porque en caso de que el acto impugnado surta sus efectos y consecuencias, la controversia constitucional quedaría sin materia”, advirtió la Corte.

Cabe recordar que el Congreso del Estado de Morelos y la FGE estatal, como tercero interesado, presentaron un recurso de reclamación en contra de la negativa de otorgar la suspensión.

Es así que la resolución emitida por la Segunda Sala de la Corte revoca el acuerdo de la Ministra y por tanto suspende para efecto de que la FGR no pueda proceder contra el Fiscal de Morelos.

Publicado originalmente en La Prensa

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