Al consumarse la violación del amparo federal emitido por el Juez Sexto de Distrito, que mandató que la ceremonia de clausura de los alumnos de sexto de primaria de la escuela Ignacio Manuel Altamirano, se realizará en el plantel y no en un salón de fiestas, el supervisor de la zona escolar podría tener una pena de 3 a 9 años de prisión y ser inhabilitado de su cargo.
Así lo informó el padre de familia Alfonso Treviño, quien explicó que a pesar de que fue notificado en tiempo y forma el supervisor de zona escolar 02, Ricardo Tacuba Parra y el director del plantel educativo, Francisco Orlando Morales Gutiérrez, sobre la resolución del amparo que otorga la suspensión definitiva del acto reclamado, siguieron con la fiesta de clausura en el salón La Cartuja, este martes.
Por lo que afirmó que con esto se violó el amparo federal 514/2019 emitido el 4 de julio del año en curso, que resolvió que la ceremonia de clausura se realizará en la escuela primaria, que se ubica en calle Quebrada, colonia centro del puerto.
El entrevistado, Alfonso Treviño, explicó que el artículo 262 de la ley de amparo dice: se impondrá pena de 3 a 9 años de prisión, multa de cincuenta a quinientos días, destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión políticos, al servidor público que con el carácter de autoridad responsable en el juicio de amparo o en el incidente de suspensión, sin motivo justificado lo revoque o deje sin efecto el acto reclamado.
En su fracción III, es clara, precisa que el que no obedezca un auto de suspensión debidamente notificado, independientemente de cualquier otro delito en que incurra, se hará acreedor a estas penalidades y sanciones que la ley señala.
Por lo que se le dará curso, para que se actúe en consecuencia en contra de quien o quienes resulten responsables por desacato al amparo que emitió el Juzgado Sexto de Distrito.