/ jueves 29 de julio de 2021

Pruebas rápidas deben contar con permiso de la Cofepris

Laboratorios y farmacias deben de garantizar la salud de las personas con el manejo de estas pruebas de antígeno para detectar Covid-19

La Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios en el estado de Guerrero (COPRISEG), señaló que todos aquellos establecimientos que se dedican a ofertar la aplicación de las pruebas rápidas para detección de Covid-19 deben de contar con la autorización sanitaria por la Cofepris.

En el caso de Acapulco, ante los altos contagios del Coronavirus se han incrementado la venta de pruebas rápidas de antígeno en farmacias y laboratorios de análisis clínicos privados donde su costo varía desde los 350 hasta los 800 o mil pesos.

Ante esta demanda, la COPRISEG pidió a esos negocios que se dedican a ofertar la aplicación de las pruebas rápidas de SARS-COV-2, a que también deberán cumplir con la NOM-087-ECOL-SSA1-2002 sobre el manejo de los residuos peligrosos biológicos infecciosos, que es una actividad de primordial importancia en sus instalaciones.

Se informó que estos laboratorios de análisis clínicos privados y farmacias deben de garantizar la salud de los trabajadores, pacientes y usuarios en general con el manejo de estas pruebas de antígeno para detectar Covid-19.

Asimismo la COPRISEG pidió que estos establecimientos de salud deberán contar con un manifiesto que demuestre que existe una adecuada disposición de las pruebas desechadas para su destino final a través de una empresa autorizada por la Semarnat.

“También deberán de notificar los casos positivos de acuerdo a los resultados de las pruebas rápidas de Covid-19 y otras enfermedades infecto contagiosas a través del formato y correos electrónicos que encontrarán disponibles en la liga de la Secretaría de Salud de Guerrero para dar cumplimiento a la ley General de Salud”.

La autoridad sanitaria advirtió que va a llevar a cabo verificaciones a las farmacias y laboratorios privados y en el caso que se requiera aplicará las medidas de seguridad y sanciones correspondientes por el incumplimiento de las disposiciones sanitarias y decretos emitidos que establecen para el control de los riesgos a la salud.

La Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios en el estado de Guerrero (COPRISEG), señaló que todos aquellos establecimientos que se dedican a ofertar la aplicación de las pruebas rápidas para detección de Covid-19 deben de contar con la autorización sanitaria por la Cofepris.

En el caso de Acapulco, ante los altos contagios del Coronavirus se han incrementado la venta de pruebas rápidas de antígeno en farmacias y laboratorios de análisis clínicos privados donde su costo varía desde los 350 hasta los 800 o mil pesos.

Ante esta demanda, la COPRISEG pidió a esos negocios que se dedican a ofertar la aplicación de las pruebas rápidas de SARS-COV-2, a que también deberán cumplir con la NOM-087-ECOL-SSA1-2002 sobre el manejo de los residuos peligrosos biológicos infecciosos, que es una actividad de primordial importancia en sus instalaciones.

Se informó que estos laboratorios de análisis clínicos privados y farmacias deben de garantizar la salud de los trabajadores, pacientes y usuarios en general con el manejo de estas pruebas de antígeno para detectar Covid-19.

Asimismo la COPRISEG pidió que estos establecimientos de salud deberán contar con un manifiesto que demuestre que existe una adecuada disposición de las pruebas desechadas para su destino final a través de una empresa autorizada por la Semarnat.

“También deberán de notificar los casos positivos de acuerdo a los resultados de las pruebas rápidas de Covid-19 y otras enfermedades infecto contagiosas a través del formato y correos electrónicos que encontrarán disponibles en la liga de la Secretaría de Salud de Guerrero para dar cumplimiento a la ley General de Salud”.

La autoridad sanitaria advirtió que va a llevar a cabo verificaciones a las farmacias y laboratorios privados y en el caso que se requiera aplicará las medidas de seguridad y sanciones correspondientes por el incumplimiento de las disposiciones sanitarias y decretos emitidos que establecen para el control de los riesgos a la salud.

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