El Tribunal Electoral del Estado de Guerrero (TEEGro) determinó imponer una multa por el equivalente a 100 unidades de medida de actualización al ex candidato del PRI al gobierno de Acapulco Ricardo Taja y al Partido Revolucionario Institucional por actos de campaña que realizó antes de iniciarse el proceso electoral.
De acuerdo a la resolución TEE/PES/017/2021 que se aprobó por el pleno del Tribunal, la sanción es en virtud de que se acreditó la reincidencia de la conducta infractora, que consistió en difundir actividades en redes sociales de la plataforma Facebook.
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La sanción se aplica a pesar de que el resultado no fue determinante en la elección pues el ciudadano señalado perdió el proceso electoral, sin embargo, el Tribunal consideró que se debe aplicar la sanción para evitar que en el futuro se siga cometiendo este tipo de conductas inadecuadas.
La falta impuesta fue calificada como leve por la por la Sala Regional Ciudad de México, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en la sentencia dictada en el expediente SCM-JE-118/2021, razón por la cual se procedió a imponer la sanción económica tanto al candidato como al partido que en este caso se le señala de culpa in vigilando.
En la votación, la magistrada Evelyn Rodríguez Xinol, emitió un voto concurrente al señalar que, aunque coincidía con la resolución y los puntos resolutivos, no así con los razonamientos, ello en virtud de que la sanción no está ajustada en lo previsto a la ley local, por lo que, consideró que la infracción debió ser valorada como grave, y no como leve, en virtud que hubo una reincidencia de la conducta infractora.