/ sábado 27 de marzo de 2021

Llega al IPEC fallo del INE respecto a candidatura de Félix Salgado Macedonio

El resolutivo del INE, en el que ordena retirar la candidatura al senador con licencia, establece en nueve puntos los lineamientos a seguir con base al fallo emitido el pasado jueves.

Las 139 fojas del expediente con el que el Instituto Nacional Electoral (INE), determinó quitar la candidatura de Morena a Félix Salgado Macedonio al gobierno de la entidad, por no presentar gastos de precampaña, llegó la noche del viernes al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Guerrero (IEPCGro).

El resolutivo donde además se establecen las sanciones que deberá acatar el órgano electoral del estado y que incluye a otros actores políticos, tendrá que resolverse en los próximos días.

El pasado jueves por la noche, con siete votos a favor y cuatro en contra, los consejeros electorales del INE aprobaron retirar la candidatura a Salgado Macedonio, quién el viernes continúo su campaña, sin embargo, sus eventos los llamó asambleas informativas.

Este sábado 27 de marzo, el depuesto candidato suspendió sus actividades, pero antes, instruyó a sus simpatizantes a realizar movilizaciones de protesta contra el INE y sus consejeros, a quienes advirtió que les iniciara un juicio político.

El resolutivo del INE, en el que ordena retirar la candidatura al senador con licencia, establece en nueve puntos los lineamientos a seguir con base al fallo emitido el pasado jueves.

En el primer punto, declara “fundado el procedimiento administrativo sancionador electoral en materia de fiscalización instaurado en contra del Partido Morena y los ciudadanos Yair García Delgado, José Fernando Lacunza Sotelo, Félix Salgado Macedonio, Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros, Luis Walton Aburto y la ciudadana Adela Román Ocampo por lo desarrollado en el Considerando 2 de la presente Resolución”.

Cortesía | Félix Salgado Macedonio

En el segundo, impone una sanción al partido Morena con “una reducción del 25% (veinticinco por ciento) de la administración mensual que reciba a partir del mes siguiente a aquél en que quede firme la presente Resolución, hasta alcanzar un monto líquido de $6,573,391.97 (seis millones quinientos setenta y tres mil trescientos noventa y un pesos 97/100 M.N.), de conformidad con lo señalado en los Considerandos 2 y 4 apartado B”.

En el tercero, se sanciona a los nombrados en el punto número uno “con la pérdida del derecho a ser registrados como candidatos y candidata, o en su caso la cancelación del registro en el marco del Proceso Electoral Local Ordinario 2020- 2021 en el estado de Guerrero, de conformidad con las razones y fundamentos expuestos en los Considerandos 2 y 4 apartado A de la presente Resolución”.

Del resolutivo se desprende que las determinaciones deben ser notificadas “electrónicamente” al partido Morena, a través del Sistema Integral de Fiscalización. También se instruye la misma medida para los sancionaros que participaron en procesos de selección de candidatos a gobernador y diputados del mismo instituto político.

El expediente del CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/69/2021/GRO 138, instruye a “la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, notifique la presente Resolución al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero”, para “que proceda al cobro de las sanciones impuestas al Partido Morena”.

Explica que estas medidas “se harán efectivas a partir de que cause estado y en términos del artículo 458, numeral 8 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, los recursos obtenidos de dicha sanción económica, sean destinados al organismo estatal encargado de la promoción, fomento y desarrollo de la ciencia, tecnología e innovación de la entidad federativa correspondiente en términos de las disposiciones aplicables”.

El INE determinó sancionar a los antes mencionados, así como a Yair García Delgado, José Fernando Lacunza Sotelo. | Foto Especial | El Sol de Acapulco

Otro de los puntos precisa que “haga efectiva la sanción impuesta por este órgano colegiado en el ámbito de su competencia a los ciudadanos Yair García Delgado, José Fernando Lacunza Sotelo, Félix Salgado Macedonio, Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros, Luis Walton Aburto y la ciudadana Adela Román Ocampo, consistente en la pérdida del derecho a ser registrados como candidatos y candidata, o en su caso la cancelación del registro en el marco del Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021 en el estado de Guerrero”.

Finalmente, el resolutivo establece cuatro días contados a partir del día siguiente de la resolución para que los sancionados puedan interponer “recurso de apelación” sobre la sanción definida por el INE y sugiere “en su oportunidad archívese el presente expediente como asunto total y definitivamente concluido”.

Las 139 fojas del expediente con el que el Instituto Nacional Electoral (INE), determinó quitar la candidatura de Morena a Félix Salgado Macedonio al gobierno de la entidad, por no presentar gastos de precampaña, llegó la noche del viernes al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Guerrero (IEPCGro).

El resolutivo donde además se establecen las sanciones que deberá acatar el órgano electoral del estado y que incluye a otros actores políticos, tendrá que resolverse en los próximos días.

El pasado jueves por la noche, con siete votos a favor y cuatro en contra, los consejeros electorales del INE aprobaron retirar la candidatura a Salgado Macedonio, quién el viernes continúo su campaña, sin embargo, sus eventos los llamó asambleas informativas.

Este sábado 27 de marzo, el depuesto candidato suspendió sus actividades, pero antes, instruyó a sus simpatizantes a realizar movilizaciones de protesta contra el INE y sus consejeros, a quienes advirtió que les iniciara un juicio político.

El resolutivo del INE, en el que ordena retirar la candidatura al senador con licencia, establece en nueve puntos los lineamientos a seguir con base al fallo emitido el pasado jueves.

En el primer punto, declara “fundado el procedimiento administrativo sancionador electoral en materia de fiscalización instaurado en contra del Partido Morena y los ciudadanos Yair García Delgado, José Fernando Lacunza Sotelo, Félix Salgado Macedonio, Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros, Luis Walton Aburto y la ciudadana Adela Román Ocampo por lo desarrollado en el Considerando 2 de la presente Resolución”.

Cortesía | Félix Salgado Macedonio

En el segundo, impone una sanción al partido Morena con “una reducción del 25% (veinticinco por ciento) de la administración mensual que reciba a partir del mes siguiente a aquél en que quede firme la presente Resolución, hasta alcanzar un monto líquido de $6,573,391.97 (seis millones quinientos setenta y tres mil trescientos noventa y un pesos 97/100 M.N.), de conformidad con lo señalado en los Considerandos 2 y 4 apartado B”.

En el tercero, se sanciona a los nombrados en el punto número uno “con la pérdida del derecho a ser registrados como candidatos y candidata, o en su caso la cancelación del registro en el marco del Proceso Electoral Local Ordinario 2020- 2021 en el estado de Guerrero, de conformidad con las razones y fundamentos expuestos en los Considerandos 2 y 4 apartado A de la presente Resolución”.

Del resolutivo se desprende que las determinaciones deben ser notificadas “electrónicamente” al partido Morena, a través del Sistema Integral de Fiscalización. También se instruye la misma medida para los sancionaros que participaron en procesos de selección de candidatos a gobernador y diputados del mismo instituto político.

El expediente del CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/69/2021/GRO 138, instruye a “la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, notifique la presente Resolución al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero”, para “que proceda al cobro de las sanciones impuestas al Partido Morena”.

Explica que estas medidas “se harán efectivas a partir de que cause estado y en términos del artículo 458, numeral 8 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, los recursos obtenidos de dicha sanción económica, sean destinados al organismo estatal encargado de la promoción, fomento y desarrollo de la ciencia, tecnología e innovación de la entidad federativa correspondiente en términos de las disposiciones aplicables”.

El INE determinó sancionar a los antes mencionados, así como a Yair García Delgado, José Fernando Lacunza Sotelo. | Foto Especial | El Sol de Acapulco

Otro de los puntos precisa que “haga efectiva la sanción impuesta por este órgano colegiado en el ámbito de su competencia a los ciudadanos Yair García Delgado, José Fernando Lacunza Sotelo, Félix Salgado Macedonio, Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros, Luis Walton Aburto y la ciudadana Adela Román Ocampo, consistente en la pérdida del derecho a ser registrados como candidatos y candidata, o en su caso la cancelación del registro en el marco del Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021 en el estado de Guerrero”.

Finalmente, el resolutivo establece cuatro días contados a partir del día siguiente de la resolución para que los sancionados puedan interponer “recurso de apelación” sobre la sanción definida por el INE y sugiere “en su oportunidad archívese el presente expediente como asunto total y definitivamente concluido”.

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