/ jueves 10 de diciembre de 2020

CNDH pide que se respete proceso penal contra activista Kenia Inés

La Comisión Nacional reiteró que continuará atenta a la evolución de los acontecimientos para garantizar un irrestricto respeto y protección de los derechos humanos de la activista

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) pidió al Juez de Distrito responsable del proceso penal en contra de la activista Kenia Inés Hernández Montalván, coordinadora del colectivo “Zapata Vive”, respetar el debido proceso y plazo razonable en la determinación que emita conforme al ámbito de su competencia.

Recordó al Juez de Distrito Especializado en el Sistema Acusatorio Oral Penal, del Centro de Justicia Penal Federal del Estado de Guerrero, con residencia en Acapulco, que el tiempo razonable para la duración del proceso, según el artículo 8 de la Convención Americana, debe medirse en relación a una serie de factores tales como la complejidad del caso, la conducta del inculpado y la diligencia de las autoridades competentes en la conducción del proceso.

La CNDH también destacó en un comunicado, de que el Juez de la causa penal respete el principio de debido proceso de la activista Kenia Inés Hernández Montalván.

“Que respete las garantías mínimas del debido proceso, garantizando el conjunto de requisitos legales que deben observarse en las instancias procesales, en aras de que todo individuo pueda defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar su esfera jurídica”, precisó.

La Comisión Nacional reiteró que continuará atenta a la evolución de los acontecimientos para garantizar un irrestricto respeto y protección de los derechos humanos de la activista.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) pidió al Juez de Distrito responsable del proceso penal en contra de la activista Kenia Inés Hernández Montalván, coordinadora del colectivo “Zapata Vive”, respetar el debido proceso y plazo razonable en la determinación que emita conforme al ámbito de su competencia.

Recordó al Juez de Distrito Especializado en el Sistema Acusatorio Oral Penal, del Centro de Justicia Penal Federal del Estado de Guerrero, con residencia en Acapulco, que el tiempo razonable para la duración del proceso, según el artículo 8 de la Convención Americana, debe medirse en relación a una serie de factores tales como la complejidad del caso, la conducta del inculpado y la diligencia de las autoridades competentes en la conducción del proceso.

La CNDH también destacó en un comunicado, de que el Juez de la causa penal respete el principio de debido proceso de la activista Kenia Inés Hernández Montalván.

“Que respete las garantías mínimas del debido proceso, garantizando el conjunto de requisitos legales que deben observarse en las instancias procesales, en aras de que todo individuo pueda defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar su esfera jurídica”, precisó.

La Comisión Nacional reiteró que continuará atenta a la evolución de los acontecimientos para garantizar un irrestricto respeto y protección de los derechos humanos de la activista.

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