/ jueves 28 de enero de 2021

Aprueba IEPC posible incorporar coalición PT-PVEM a Morena

El órgano electoral determinó que sí es posible todavía que "Juntos Haremos Historia" puede solicitar su incorporación al partido

En el marco de su primera sesión ordinaria virtual, el Consejo General del Instituto Electoral y Participación Ciudadana (IEPC) del Estado de Guerrero determinó que sí pueden solicitar la incorporación del Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) a la coalición por la gubernatura del estado "Juntos Haremos Historia" PT-PVEM.

Esto, en respuesta a los cuestionamientos formulados por el representante del Partido del Trabajo (PT), Isaías Rojas Ramírez, ante el IEPC, de que si podían reincorporar a la coalición a Morena a la coalición y qué fecha tendrían para hacerlo.

Al respecto, los integrantes del Consejo General señalaron que sí pueden el Partido del Trabajo y el Verde Ecologista de México solicitar la incorporación de Morena a la coalición, acompañando para tal efecto, la documentación precisada en los artículos 16 y 17 de los Lineamientos que deberán observar los partidos políticos que soliciten el registro de coaliciones y candidaturas comunes.

Asimismo, se notificó que en caso de que así lo requieran, la solicitud podrá presentarse a más tardar el 14 de febrero de 2021, fecha límite para presentar solicitudes de modificación a los convenios de coalición por parte de la parte interesada.

Por otro lado, se emitió la resolución 001/SO/27-01-2020, en estricto acatamiento al acuerdo plenario emitido por el Tribunal Electoral del Estado en el expediente TEE/PES/006/2020 formado con motivo del procedimiento oficioso iniciado por la Coordinación de lo Contencioso Electoral del IEPC Guerrero, en contra de Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros y Pretextos Comunicación, S.A. de C.V., editora de la revista "99 Grados", por el posible incumplimiento al acuerdo de medidas cautelares.

Al respecto, se determinó que es infundado el procedimiento sancionador iniciado en contra de Sandoval Ballesteros, mientras que también es fundado el procedimiento sancionador en contra de la revista, a la que se le impuso una amonestación pública por incumplir el referido acuerdo de medidas cautelares y se le exhortó a que en lo sucesivo se abstenga de incumplir los acuerdos y/o resoluciones emitidos por los órganos del Instituto.

En el marco de su primera sesión ordinaria virtual, el Consejo General del Instituto Electoral y Participación Ciudadana (IEPC) del Estado de Guerrero determinó que sí pueden solicitar la incorporación del Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) a la coalición por la gubernatura del estado "Juntos Haremos Historia" PT-PVEM.

Esto, en respuesta a los cuestionamientos formulados por el representante del Partido del Trabajo (PT), Isaías Rojas Ramírez, ante el IEPC, de que si podían reincorporar a la coalición a Morena a la coalición y qué fecha tendrían para hacerlo.

Al respecto, los integrantes del Consejo General señalaron que sí pueden el Partido del Trabajo y el Verde Ecologista de México solicitar la incorporación de Morena a la coalición, acompañando para tal efecto, la documentación precisada en los artículos 16 y 17 de los Lineamientos que deberán observar los partidos políticos que soliciten el registro de coaliciones y candidaturas comunes.

Asimismo, se notificó que en caso de que así lo requieran, la solicitud podrá presentarse a más tardar el 14 de febrero de 2021, fecha límite para presentar solicitudes de modificación a los convenios de coalición por parte de la parte interesada.

Por otro lado, se emitió la resolución 001/SO/27-01-2020, en estricto acatamiento al acuerdo plenario emitido por el Tribunal Electoral del Estado en el expediente TEE/PES/006/2020 formado con motivo del procedimiento oficioso iniciado por la Coordinación de lo Contencioso Electoral del IEPC Guerrero, en contra de Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros y Pretextos Comunicación, S.A. de C.V., editora de la revista "99 Grados", por el posible incumplimiento al acuerdo de medidas cautelares.

Al respecto, se determinó que es infundado el procedimiento sancionador iniciado en contra de Sandoval Ballesteros, mientras que también es fundado el procedimiento sancionador en contra de la revista, a la que se le impuso una amonestación pública por incumplir el referido acuerdo de medidas cautelares y se le exhortó a que en lo sucesivo se abstenga de incumplir los acuerdos y/o resoluciones emitidos por los órganos del Instituto.

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