/ martes 15 de mayo de 2018

Desecha el TEE procedimiento legal contra Ricardo Taja por actos anticipados

El candidato del PRI a la alcaldía de Acapulco, Ricardo Taja Ramírez, fue absuelto de actos anticipados de campaña.

El Tribunal Electoral del Estado (TEE) desechó el procedimiento legal especial, que interpuso el partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena) en contra del candidato del PRI a la alcaldía de Acapulco, Ricardo Taja Ramírez, por actos anticipados de campaña.

La semana pasada, la dirigencia de Morena anunció que el representante legal del partido, Sergio Montes Carrillo, acudiría ante las instancias correspondientes para realizar este procedimiento que ayer lunes fue desechado.

Dicho Tribunal en el estado resolvió que, al no demostrarse la acreditación de lo descrito, en los artículos 287 y 288 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero, y atendiendo a las consideraciones expuestas en la presente ejecutoria, el TEE considera inexistente la infracción y la conducta denunciada por el partido Morena, en contra de Ricardo Taja Ramírez y el PRI.

El TEE en su documento Juicio Electoral Ciudadano, con fecha 14 de mayo de 2018 y con el expediente TEE/PES/010/2018, y analizado por el magistrado ponente René Patrón Muñoz y el secretario instructor Alejandro Ruiz Mendiola, resuelve como único punto la inexistencia de las violaciones denunciadas por Morena, atribuidas al ciudadano Ricardo Taja Ramírez y el Partido Revolucionario Institucional (PRI) por “culpa in vigilando” conforme a lo razonado en la presente sentencia.

El pasado 29 de abril de este año, Montes Carrillo, representante legal del partido Morena, interpuso una demanda ante el TEE contra el candidato del PRI a la alcaldía de Acapulco, Taja Ramírez, por actos anticipados de campaña.

El Tribunal Electoral del Estado (TEE) desechó el procedimiento legal especial, que interpuso el partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena) en contra del candidato del PRI a la alcaldía de Acapulco, Ricardo Taja Ramírez, por actos anticipados de campaña.

La semana pasada, la dirigencia de Morena anunció que el representante legal del partido, Sergio Montes Carrillo, acudiría ante las instancias correspondientes para realizar este procedimiento que ayer lunes fue desechado.

Dicho Tribunal en el estado resolvió que, al no demostrarse la acreditación de lo descrito, en los artículos 287 y 288 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero, y atendiendo a las consideraciones expuestas en la presente ejecutoria, el TEE considera inexistente la infracción y la conducta denunciada por el partido Morena, en contra de Ricardo Taja Ramírez y el PRI.

El TEE en su documento Juicio Electoral Ciudadano, con fecha 14 de mayo de 2018 y con el expediente TEE/PES/010/2018, y analizado por el magistrado ponente René Patrón Muñoz y el secretario instructor Alejandro Ruiz Mendiola, resuelve como único punto la inexistencia de las violaciones denunciadas por Morena, atribuidas al ciudadano Ricardo Taja Ramírez y el Partido Revolucionario Institucional (PRI) por “culpa in vigilando” conforme a lo razonado en la presente sentencia.

El pasado 29 de abril de este año, Montes Carrillo, representante legal del partido Morena, interpuso una demanda ante el TEE contra el candidato del PRI a la alcaldía de Acapulco, Taja Ramírez, por actos anticipados de campaña.

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