/ lunes 22 de febrero de 2021

Prisión preventiva oficiosa

El 12 de abril de 2019, el Constituyente Permanente aprobó la reforma al artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para ampliar el catálogo de delitos en los que los jueces penales ordenarán la prisión preventiva oficiosamente, incorporando los casos de abuso o violencia sexual contra menores, feminicidio, robo de casa habitación, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, así como robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, entre otros.

Lo anterior, en el ánimo de alcanzar un escenario en el que la justicia se consolide y fortalezca, para que quienes cometan estos delitos sigan su proceso en la cárcel, apostando con este mecanismo terminar con la denominada “puerta giratoria” que tanto daño le ha hecho a los penales de nuestro país. Pues es evidente que el gran clamor de la ciudadanía por paliar este rezago social requería de acciones más contundentes como lo es una reforma constitucional con más supuestos operativos.

Sin embargo, para lograr la cabal implementación de este nuevo andamiaje jurídico era necesario armonizar la legislación secundaria; por lo que en la sesión ordinaria del pasado 18 de febrero, en el Pleno del Senado de la República avalamos establecer específicamente cada una de las conductas delictivas que deben ser incorporadas al artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, creando la adecuación adjetiva que consolide el sistema de justicia penal.

De esta forma, las víctimas u ofendidos, los juzgadores y los ministerios públicos tendrán mecanismos integrales para no permitir arbitrariedades o flaquezas en las represalias en contra de los delincuentes, sin vulnerar los derechos humanos.

Es así que la prisión preventiva oficiosa se sigue manteniendo como una situación extraordinaria que sólo se aplica cuando la comparecencia del imputado no pueda ser garantizada y en los casos más agravantes, que con el texto constitucional vigente son más amplios sus alcances. Aunque es evidente que una base que debe seguirse es respetar y salvaguardar en todo momento los demás principios constitucionales que rigen al proceso penal, como lo es la presunción de inocencia y lograr que se haga justicia para todos.

Cabe mencionar que de ninguna manera debe perderse de vista la implementación de estas nuevas herramientas con las bases y principios constitucionales que protegen los derechos fundamentales, debiéndose implementar a la par con las disposiciones emanadas a raíz de la reforma a nuestra Carta Magna del 10 de junio de 2011. Además, se debe continuar el trabajo en favor de la profesionalización de los servidores públicos de las fiscalías de nuestro país, ya que la prisión preventiva oficiosa bien regulada se convierte en una herramienta que puede salvar incluso la vida de las personas y proteger su patrimonio.

Sin duda alguna, el Senado de la República debe continuar con el espíritu democrático y protector de los derechos fundamentales para que su labor se materialice en mejores oportunidades para las y los mexicanos.

*Senador de la República

@manuelanorve

El 12 de abril de 2019, el Constituyente Permanente aprobó la reforma al artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para ampliar el catálogo de delitos en los que los jueces penales ordenarán la prisión preventiva oficiosamente, incorporando los casos de abuso o violencia sexual contra menores, feminicidio, robo de casa habitación, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, así como robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, entre otros.

Lo anterior, en el ánimo de alcanzar un escenario en el que la justicia se consolide y fortalezca, para que quienes cometan estos delitos sigan su proceso en la cárcel, apostando con este mecanismo terminar con la denominada “puerta giratoria” que tanto daño le ha hecho a los penales de nuestro país. Pues es evidente que el gran clamor de la ciudadanía por paliar este rezago social requería de acciones más contundentes como lo es una reforma constitucional con más supuestos operativos.

Sin embargo, para lograr la cabal implementación de este nuevo andamiaje jurídico era necesario armonizar la legislación secundaria; por lo que en la sesión ordinaria del pasado 18 de febrero, en el Pleno del Senado de la República avalamos establecer específicamente cada una de las conductas delictivas que deben ser incorporadas al artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, creando la adecuación adjetiva que consolide el sistema de justicia penal.

De esta forma, las víctimas u ofendidos, los juzgadores y los ministerios públicos tendrán mecanismos integrales para no permitir arbitrariedades o flaquezas en las represalias en contra de los delincuentes, sin vulnerar los derechos humanos.

Es así que la prisión preventiva oficiosa se sigue manteniendo como una situación extraordinaria que sólo se aplica cuando la comparecencia del imputado no pueda ser garantizada y en los casos más agravantes, que con el texto constitucional vigente son más amplios sus alcances. Aunque es evidente que una base que debe seguirse es respetar y salvaguardar en todo momento los demás principios constitucionales que rigen al proceso penal, como lo es la presunción de inocencia y lograr que se haga justicia para todos.

Cabe mencionar que de ninguna manera debe perderse de vista la implementación de estas nuevas herramientas con las bases y principios constitucionales que protegen los derechos fundamentales, debiéndose implementar a la par con las disposiciones emanadas a raíz de la reforma a nuestra Carta Magna del 10 de junio de 2011. Además, se debe continuar el trabajo en favor de la profesionalización de los servidores públicos de las fiscalías de nuestro país, ya que la prisión preventiva oficiosa bien regulada se convierte en una herramienta que puede salvar incluso la vida de las personas y proteger su patrimonio.

Sin duda alguna, el Senado de la República debe continuar con el espíritu democrático y protector de los derechos fundamentales para que su labor se materialice en mejores oportunidades para las y los mexicanos.

*Senador de la República

@manuelanorve