/ martes 20 de octubre de 2020

La participación política de las mujeres, ¿qué sigue?

En la actualidad, es derecho y obligación constitucional para las y los ciudadanos de la República mexicana votar en las elecciones populares; destacando el hecho de que la ciudadanía se adquiere para las personas que teniendo la calidad de mexicanos, reúnan los requisitos de haber cumplido 18 años y tengan un modo honesto de vivir.

No obstante, esta prerrogativa ciudadana no siempre ha estado presente dentro de los derechos políticos-ciudadanos de todos los mexicanos, pues la Constitución Política de 1917 en su versión original no reconoció el derecho para votar y ser votadas para las mujeres.

Justo es señalar que el primer impulso en favor de la participación política de las mujeres se fraguó desde el ámbito municipal, ya que a través de una reforma constitucional al artículo 115 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de febrero de 1947, se permitió al sector femenino participar como votantes y como candidatas en las elecciones municipales, al reconocer la “igualdad de condición que los varones”.

Sin embargo, el parteaguas democrático en favor de la igualdad de género a nivel nacional llegó el 17 de octubre de 1953, cuando una vez agotado el trámite legislativo, el entonces Presidente Adolfo Ruiz Cortines promulgó la reforma constitucional para que todas las mexicanas gozarán de la ciudadanía plena, reconociéndoles los derechos que consagra el artículo 34 de nuestra Carta Magna y ser partícipes en todo proceso electoral.

Fue así que en las elecciones federales de 1955, las mujeres acudieron por primera vez a las urnas para emitir su voto, eligiendo a diputados federales para la LXIII Legislatura.

Aunque la verdadera democratización ha observado un proceso que ha tardado en germinar, al ser una lastimosa tradición que estaba sumamente arraigada en México. Muestra de ello es que las primeras mujeres en convertirse en senadores accedieron a un escaño hasta 1964, siendo María Lavalle Urbina y Alicia Arellano Tapia; mientras que la primer mujer electa como gobernadora fue Griselda Álvarez en 1979; y la primera candidata a la Presidencia de la República fue Rosario Ibarra en 1988.

Ahora bien, en el camino para consolidar una mayor participación política para las mujeres, es menester destacar la reforma constitucional del 10 de febrero de 2014, que estableció que los partidos políticos deben garantizar la paridad entre los géneros en candidaturas a legisladores federales y locales; así como la reciente reforma constitucional del 6 de junio de 2019 que estableció un paridad transversal (en los tres niveles de gobierno, tres poderes de la Unión y órganos autónomos) misma que debe sacudir el sistema político mexicano con miras a la construcción de una democracia más justa e igualitaria que otorgue la paridad en todo.

El paso inmediato a seguir, debe estar encaminado en llevar a la práctica el mandato constitucional, vigilando la aplicación de la norma, sin perder lo que se ha ganado, al tiempo de reforzar el régimen jurídico que proteja a las mujeres de las consecuencias que trae consigo la violencia política; así como garantizar la inclusión de las mujeres que pertenecen a grupos vulnerables y construir agendas de género que otorguen los foros necesarios para que las demandas de las mujeres sean escuchadas y atendidas.

*Senador de la República

@manuelanorve



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En la actualidad, es derecho y obligación constitucional para las y los ciudadanos de la República mexicana votar en las elecciones populares; destacando el hecho de que la ciudadanía se adquiere para las personas que teniendo la calidad de mexicanos, reúnan los requisitos de haber cumplido 18 años y tengan un modo honesto de vivir.

No obstante, esta prerrogativa ciudadana no siempre ha estado presente dentro de los derechos políticos-ciudadanos de todos los mexicanos, pues la Constitución Política de 1917 en su versión original no reconoció el derecho para votar y ser votadas para las mujeres.

Justo es señalar que el primer impulso en favor de la participación política de las mujeres se fraguó desde el ámbito municipal, ya que a través de una reforma constitucional al artículo 115 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de febrero de 1947, se permitió al sector femenino participar como votantes y como candidatas en las elecciones municipales, al reconocer la “igualdad de condición que los varones”.

Sin embargo, el parteaguas democrático en favor de la igualdad de género a nivel nacional llegó el 17 de octubre de 1953, cuando una vez agotado el trámite legislativo, el entonces Presidente Adolfo Ruiz Cortines promulgó la reforma constitucional para que todas las mexicanas gozarán de la ciudadanía plena, reconociéndoles los derechos que consagra el artículo 34 de nuestra Carta Magna y ser partícipes en todo proceso electoral.

Fue así que en las elecciones federales de 1955, las mujeres acudieron por primera vez a las urnas para emitir su voto, eligiendo a diputados federales para la LXIII Legislatura.

Aunque la verdadera democratización ha observado un proceso que ha tardado en germinar, al ser una lastimosa tradición que estaba sumamente arraigada en México. Muestra de ello es que las primeras mujeres en convertirse en senadores accedieron a un escaño hasta 1964, siendo María Lavalle Urbina y Alicia Arellano Tapia; mientras que la primer mujer electa como gobernadora fue Griselda Álvarez en 1979; y la primera candidata a la Presidencia de la República fue Rosario Ibarra en 1988.

Ahora bien, en el camino para consolidar una mayor participación política para las mujeres, es menester destacar la reforma constitucional del 10 de febrero de 2014, que estableció que los partidos políticos deben garantizar la paridad entre los géneros en candidaturas a legisladores federales y locales; así como la reciente reforma constitucional del 6 de junio de 2019 que estableció un paridad transversal (en los tres niveles de gobierno, tres poderes de la Unión y órganos autónomos) misma que debe sacudir el sistema político mexicano con miras a la construcción de una democracia más justa e igualitaria que otorgue la paridad en todo.

El paso inmediato a seguir, debe estar encaminado en llevar a la práctica el mandato constitucional, vigilando la aplicación de la norma, sin perder lo que se ha ganado, al tiempo de reforzar el régimen jurídico que proteja a las mujeres de las consecuencias que trae consigo la violencia política; así como garantizar la inclusión de las mujeres que pertenecen a grupos vulnerables y construir agendas de género que otorguen los foros necesarios para que las demandas de las mujeres sean escuchadas y atendidas.

*Senador de la República

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