/ lunes 6 de julio de 2020

La Inclusión en la UAGro en el siglo XXI

En las postrimerías del siglo XX, la Universidad se plantea la elaboración de un proyecto de Ley Orgánica que orientara en lo legal una transformación con la premisa de rescatar los mejores valores y tradiciones democráticas, críticas y humanistas de su pasado.

En el año 2001 se aprueba la Ley de la Universidad Autónoma de Guerrero Número 343, en la cual destacan dos artículos que en el terreno jurídico armonizan con la inclusión y su salvaguarda.

El artículo 6 señala que la Universidad facilitará a los estudiantes guerrerenses y nacionales, bajo los principios de igualdad de oportunidades y gratuidad en los términos del Artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el acceso a los estudios que ofrece, de acuerdo a los procedimientos, perfiles y requisitos que la misma determine; y

El artículo 60 incorpora la Defensoría de los Derechos Humanos y Universitarios.

Si bien esta Ley tiene su principal contribución en la gobernabilidad y gobernanza, dejando atrás la sobrepolitización, permitiendo el desarrollo del quehacer académico en un clima de estabilidad, no logró implementar el modelo académico que contemplaba. Esto no fue justificación para emprender una transformación en el ámbito académico dentro de los marcos que le permita su Ley.

La transformación del quehacer académico de la Universidad se sustentó en los planes de desarrollo, en particular en su observancia, y en el reglamento de planeación, siendo de destacar en lo referente al tema de la inclusión el Plan de Desarrollo Institucional 2013-2017, en virtud de que incorpora la figura de la inclusión de manera explícita, desde su subtítulo o lema “Universidad de calidad con inclusión social”.

El plan es un proyecto incluyente de Universidad que requirió del talento universitario y de un acuerdo institucional y político sustentado en cinco principios, siendo el primero, el denominado “principio democrático, la inclusión”, el cual se describe en los siguientes términos:

“La inclusión como objetivo de la democratización del saber y de la comunidad que lo cultiva, conlleva no sólo a la participación activa en el desarrollo de la Universidad, sino al de generar las condiciones institucionales para que quien ingrese tenga la alta probabilidad de concluir sus estudios e incorporarse al ejercicio profesional con calidad y competencia.”

Al ser la única universidad pública estatal que no tenía un lema oficial, el H. Consejo Universitario acordó que el lema del plan fuera el lema de la Universidad.

En el año de 2015 ante los problemas que impidieron aplicar la Ley en lo que respecta al modelo académico, se consensó un nuevo proyecto de Ley Orgánica que contemplara de manera implícita un modelo que visualizara su puesta en marcha.

En 2016 el Congreso del Estado expide la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de Guerrero Núm. 178, derogando la expedida en el año 2001.

En la perspectiva de la inclusión la Universidad en los últimos diez años ha emprendido acciones trascendentales en armonía con las recomendaciones en esta materia, destacando las siguientes:

- A nivel legislativo diversos reglamentos, entre ellos, se tiene los siguientes: Reglamento del Tribunal Universitario; Reglamento de Prevención, Atención y Sanción de Acoso y Hostigamiento de Genero; y el Protocolo de Actuación para la Prevención, Atención y Sanción de Acoso y Hostigamiento de Genero.

- A nivel de políticas, la regionalización que permitió llevar el quehacer académico al interior del Estado, teniendo actualmente presencia en las siete regiones de este.

- A nivel de instancias, la Unidad de Género

- A nivel de programas, se tienen:

Programa de Incorporación de Mujeres Indígenas a Estudios de Posgrado; y

Programa de Incorporación de Estudiantes con Discapacidad a Posgrados Nacionales

A nivel de acciones se tienen:

Cinco de cada diez estudiantes en promedio reciben una beca;

Dos de cada diez estudiantes que ingresan a la Universidad, provienen de pueblos y comunidades indígenas, de la sierra y afromexicanos, de sectores vulnerables y personas con discapacidad;

Ciento diez casas del estudiante; y

Dos comedores universitarios.

La Universidad en la perspectiva de las recomendaciones de la inclusión en la educación

Se desprende de la evolución de los sesenta años de la Universidad Autónoma de Guerrero que ha sabido estar a la altura de las tendencias mundiales de la educación superior e incluso se ha anticipado a varias de ellas, haciendo honor y cumpliendo con su lema:

“Universidad de calidad con inclusión social”


En las postrimerías del siglo XX, la Universidad se plantea la elaboración de un proyecto de Ley Orgánica que orientara en lo legal una transformación con la premisa de rescatar los mejores valores y tradiciones democráticas, críticas y humanistas de su pasado.

En el año 2001 se aprueba la Ley de la Universidad Autónoma de Guerrero Número 343, en la cual destacan dos artículos que en el terreno jurídico armonizan con la inclusión y su salvaguarda.

El artículo 6 señala que la Universidad facilitará a los estudiantes guerrerenses y nacionales, bajo los principios de igualdad de oportunidades y gratuidad en los términos del Artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el acceso a los estudios que ofrece, de acuerdo a los procedimientos, perfiles y requisitos que la misma determine; y

El artículo 60 incorpora la Defensoría de los Derechos Humanos y Universitarios.

Si bien esta Ley tiene su principal contribución en la gobernabilidad y gobernanza, dejando atrás la sobrepolitización, permitiendo el desarrollo del quehacer académico en un clima de estabilidad, no logró implementar el modelo académico que contemplaba. Esto no fue justificación para emprender una transformación en el ámbito académico dentro de los marcos que le permita su Ley.

La transformación del quehacer académico de la Universidad se sustentó en los planes de desarrollo, en particular en su observancia, y en el reglamento de planeación, siendo de destacar en lo referente al tema de la inclusión el Plan de Desarrollo Institucional 2013-2017, en virtud de que incorpora la figura de la inclusión de manera explícita, desde su subtítulo o lema “Universidad de calidad con inclusión social”.

El plan es un proyecto incluyente de Universidad que requirió del talento universitario y de un acuerdo institucional y político sustentado en cinco principios, siendo el primero, el denominado “principio democrático, la inclusión”, el cual se describe en los siguientes términos:

“La inclusión como objetivo de la democratización del saber y de la comunidad que lo cultiva, conlleva no sólo a la participación activa en el desarrollo de la Universidad, sino al de generar las condiciones institucionales para que quien ingrese tenga la alta probabilidad de concluir sus estudios e incorporarse al ejercicio profesional con calidad y competencia.”

Al ser la única universidad pública estatal que no tenía un lema oficial, el H. Consejo Universitario acordó que el lema del plan fuera el lema de la Universidad.

En el año de 2015 ante los problemas que impidieron aplicar la Ley en lo que respecta al modelo académico, se consensó un nuevo proyecto de Ley Orgánica que contemplara de manera implícita un modelo que visualizara su puesta en marcha.

En 2016 el Congreso del Estado expide la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de Guerrero Núm. 178, derogando la expedida en el año 2001.

En la perspectiva de la inclusión la Universidad en los últimos diez años ha emprendido acciones trascendentales en armonía con las recomendaciones en esta materia, destacando las siguientes:

- A nivel legislativo diversos reglamentos, entre ellos, se tiene los siguientes: Reglamento del Tribunal Universitario; Reglamento de Prevención, Atención y Sanción de Acoso y Hostigamiento de Genero; y el Protocolo de Actuación para la Prevención, Atención y Sanción de Acoso y Hostigamiento de Genero.

- A nivel de políticas, la regionalización que permitió llevar el quehacer académico al interior del Estado, teniendo actualmente presencia en las siete regiones de este.

- A nivel de instancias, la Unidad de Género

- A nivel de programas, se tienen:

Programa de Incorporación de Mujeres Indígenas a Estudios de Posgrado; y

Programa de Incorporación de Estudiantes con Discapacidad a Posgrados Nacionales

A nivel de acciones se tienen:

Cinco de cada diez estudiantes en promedio reciben una beca;

Dos de cada diez estudiantes que ingresan a la Universidad, provienen de pueblos y comunidades indígenas, de la sierra y afromexicanos, de sectores vulnerables y personas con discapacidad;

Ciento diez casas del estudiante; y

Dos comedores universitarios.

La Universidad en la perspectiva de las recomendaciones de la inclusión en la educación

Se desprende de la evolución de los sesenta años de la Universidad Autónoma de Guerrero que ha sabido estar a la altura de las tendencias mundiales de la educación superior e incluso se ha anticipado a varias de ellas, haciendo honor y cumpliendo con su lema:

“Universidad de calidad con inclusión social”