/ jueves 7 de febrero de 2019

De lo festejable...

Un día como el de anteayer 5 de febrero pero de 1917, se promulgó la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y fue publicada para su entrada en vigor, el 1º. de mayo siguiente.

Para conmemorar las efemérides nacionales se modificó, por ley, la celebración de éstas cuando caían entre días contiguos a fines de semana para evitar los socorridos “puentes”, lo que provocó que los fines de semana se prolonguen con el día de asueto y, lamentablemente, se pierdan sus fechas exactas, o haciendo su celebración el mismo día, interrumpiendo labores para tal efecto. Así se “salva” la patria, “pensaron”.

Es el caso que el asueto del retropróximo día 4 motivó que una gran cantidad de paisanos salieran a descansar, a divertirse, a alejarse de las labores cotidianas para distraerse, pero sin la mínima idea, la gran mayoría, de la causa de ello, y quienes sí lo saben, también encontramos que desconocen el significado que tiene nuestra Carta Magna de 1917 en nuestra vida institucional, la cual, por cierto ha tenido más de 229 decretos que implican un total de 629 cambios hasta su Centenario, muchos de ellos “a modo” de la oligarquía en el poder y muchos necesarios dada la evolución del país.

En efecto, una iniciativa que tuvo Venustiano Carranza, Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, para reformar la Constitución de 1857 (también promulgada un 5 de febrero de dicho año) la manifestó en su discurso inaugural del Congreso Constituyente el 1º. de diciembre de 1916. Su proyecto, que hacía hincapié en cuestiones políticas, y basándose en las disposiciones de la Carta de 1857, así como en las experiencias que le siguieron, pretendía la forma, para nuestro país, de una república representativa, federal, con división de poderes y con base en el municipio libre. Sin embargo, dicho proyecto no se realizó a plenitud, toda vez que un grupo de diputados distinguidos lucharon por elevar a rango constitucional las llamadas garantías sociales, que la convirtió en la primera en el mundo (antes que la de Weimar de 1919). En elevar a rango constitucional dichas garantías, básicamente reflejadas en los artículos, 3º., 27 y 123, dadas las reivindicaciones que pretendía la Revolución Mexicana.

De esta guisa, como dijo el maestro Gamas Torruco. “La Constitución de 1917 refleja una protección al individuo; la idea de libre competencia; la propiedad nacional, la del subsuelo; establece una nueva función del Estado, y logra la justicia social, principios básicos que hoy se mantienen en nuestro país”, lo cual compartimos y la mejor celebración es su cabal cumplimiento tanto por los gobernantes como por los gobernados. O usted, convencido lector, ¿Qué opina?

Un día como el de anteayer 5 de febrero pero de 1917, se promulgó la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y fue publicada para su entrada en vigor, el 1º. de mayo siguiente.

Para conmemorar las efemérides nacionales se modificó, por ley, la celebración de éstas cuando caían entre días contiguos a fines de semana para evitar los socorridos “puentes”, lo que provocó que los fines de semana se prolonguen con el día de asueto y, lamentablemente, se pierdan sus fechas exactas, o haciendo su celebración el mismo día, interrumpiendo labores para tal efecto. Así se “salva” la patria, “pensaron”.

Es el caso que el asueto del retropróximo día 4 motivó que una gran cantidad de paisanos salieran a descansar, a divertirse, a alejarse de las labores cotidianas para distraerse, pero sin la mínima idea, la gran mayoría, de la causa de ello, y quienes sí lo saben, también encontramos que desconocen el significado que tiene nuestra Carta Magna de 1917 en nuestra vida institucional, la cual, por cierto ha tenido más de 229 decretos que implican un total de 629 cambios hasta su Centenario, muchos de ellos “a modo” de la oligarquía en el poder y muchos necesarios dada la evolución del país.

En efecto, una iniciativa que tuvo Venustiano Carranza, Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, para reformar la Constitución de 1857 (también promulgada un 5 de febrero de dicho año) la manifestó en su discurso inaugural del Congreso Constituyente el 1º. de diciembre de 1916. Su proyecto, que hacía hincapié en cuestiones políticas, y basándose en las disposiciones de la Carta de 1857, así como en las experiencias que le siguieron, pretendía la forma, para nuestro país, de una república representativa, federal, con división de poderes y con base en el municipio libre. Sin embargo, dicho proyecto no se realizó a plenitud, toda vez que un grupo de diputados distinguidos lucharon por elevar a rango constitucional las llamadas garantías sociales, que la convirtió en la primera en el mundo (antes que la de Weimar de 1919). En elevar a rango constitucional dichas garantías, básicamente reflejadas en los artículos, 3º., 27 y 123, dadas las reivindicaciones que pretendía la Revolución Mexicana.

De esta guisa, como dijo el maestro Gamas Torruco. “La Constitución de 1917 refleja una protección al individuo; la idea de libre competencia; la propiedad nacional, la del subsuelo; establece una nueva función del Estado, y logra la justicia social, principios básicos que hoy se mantienen en nuestro país”, lo cual compartimos y la mejor celebración es su cabal cumplimiento tanto por los gobernantes como por los gobernados. O usted, convencido lector, ¿Qué opina?